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Vol. 23. Núm. 8.
Páginas 108-115 (Septiembre 2004)
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Productos cosméticos
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M Teresa Alcalde Péreza
a Responsable del Departamento de I+D y Evaluación de Productos del Centro de Tecnoloía Capilar (Barcelona).
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Tablas (6)
Tabla 1. Propiedades de los nuevos cosméticos y los activos que las sustentan
Tabla 2. Ingredientes cosméticos en las nomenclaturas INCI de la UE y de Estados Unidos
Tabla 3. Lista de las 26 sustancias alergénicas
Fig. 1. Símbolo para el PAO.
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Cómo leer su etiqueta

La cosmética actual vive una evolución imparable: activos biotecnológicos, texturas sorprendentes, presentaciones muy cuidadas y propiedades revolucionarias van unidas a eficacias demostradas de forma científica. Se hace necesaria, por tanto, una revisión de las nuevas soluciones para interpretar correctamente las propiedades que se publicitan. En el presente artículo se abordan las acciones más llamativas de los cosméticos más recientes, las novedades en el listado de ingredientes y los símbolos que aparecen en el etiquetado, con el objetivo de que el farmacéutico se familiarice con el nuevo léxico cosmético.

Hace ya mucho tiempo que la cosmética dejó de ser un mundo de promesas e ilusión para convertirse en una ciencia estrechamente ligada a la investigación, la innovación y los resultados convincentes.

Las marcas cosméticas nos sorprenden, casi a diario, con fórmulas que ofrecen soluciones para todo tipo de pieles y problemas, con propuestas para todos los presupuestos.

Nuevas acciones cosméticas

La cosmética del siglo xxi no se conforma con hidratar y proteger la piel. Se habla de cremas regeneradoras, antiedad, bioestimulantes, oxigenantes, que afinan la piel, rellenan las arrugas... e incluso de «cremas milagro» capaces de borrar las huellas del paso del tiempo. En un mercado repleto de productos, para un público cada vez más informado y exigente, se hace necesario que el farmacéutico conozca las propiedades de los nuevos cosméticos y los activos que las sustentan (tabla 1).

Los cosmeticos antipolución neutralizan las moléculas oxidantes procedentes de la contaminación atmosférica, que se depositan sobre la película hidrolipídica y que también alcanzan las capas más profundas de la piel, destruyendo el ADN celular. Para ello contienen antioxidantes, filtros solares, activos hidratantes y calmantes.

Los denominados «compensadores de la disminución de estímulos hormonales» favorecen la regeneración celular y combaten la atrofia de la epidermis, proporcionando tonicidad e hidratación. Están indicados para mujeres en la menopausia.

Los cosméticos desestresantes o desensibilizantes alivian el picor, la tirantez y las rojeces y erupciones de las pieles irritadas. Contienen sustancias calmantes, antirradicales libres y que refuerzan el sistema inmunológico.

Por otra parte, los cosméticos con efecto flash, o tensores, o belleza inmediata, alisan la superficie de la piel de forma inmediata, difuminando las pequeñas arrugas y relajando los rasgos. La suave acción tensora se consigue con hidrolizados de proteínas, que se fijan sobre la piel para formar una película suave y elástica que permite el maquillaje. Su efecto, no obstante, desaparece al cabo de 4-6 horas. Resultan ideales para borrar las huellas del cansancio en tiempo récord.

No hay que confundirlos con los novísimos productos con efecto lifting, efecto Botox o descontractores, que contienen tri, penta y/o hexapéptidos, que a medio plazo alisan las líneas de expresión que se forman por la contracción repetida de los músculos. Estas fórmulas también aceleran el metabolismo celular, refuerzan la elasticidad de la piel y producen un efecto visual de relleno de las arrugas.

El efecto perfeccionador, afinador o alisador se consigue con una formulación multifuncional muy completa, que dejan la piel suave, luminosa, aterciopelada a la vista y el tacto y de apariencia uniforme, con los poros cerrados, sin rojeces, descamación o líneas de expresión.

Los llamados energizantes contienen activos como coenzima Q10, minerales y vitaminas antirradicales. Son adecuados en fumadores y a partir de los 35 años, cuando se apaga el tono de la piel y aparecen las primeras arrugas.

En cambio, los iluminadores son cosméticos que, gracias a sus micropartículas minerales, reflejan la luz para difuminar las arrugas e iluminar el rostro. También pueden contener sustancias que activan la microcirculación sanguínea --responsable del tono cutáneo--, sustancias despigmentantes o exfoliantes, para que la piel aparezca lisa y radiante.

Por último, también son ya habituales los productos redensificantes, o revitalizantes, o reafirmantes, que aumentan la producción natural de colágeno y elastina, que con la edad se degradan y desorganizan, dejando de cumplir su función de sostén.

Ingredientes

Desde 1998, todos los cosméticos que se comercializan en la UE deben incluir en el etiquetado los ingredientes que contienen. La normativa incluye a todo tipo de productos: muestras de regalo, probadores comerciales, cosméticos importados, para uso profesional, etc.

Los ingredientes figuran en orden decreciente de su concentración. Los que están en concentración inferior al 1%, se pueden mencionar sin orden, después de los que tienen una concentración superior al 1%. Los colorantes se pueden mencionar, sin orden, después de los demás ingredientes. Para los productos cosméticos decorativos comercializados con diferentes matices de colores, se puede mencionar el conjunto de colorantes utilizados en la gama, siempre que se añadan las palabras «puede contener» o el símbolo «+/­».

La nomenclatura INCI (International Nomenclature of Cosmetic Ingredients) --antes, CTFA-- desarrollada conjuntamente por las industrias cosméticas de Estados Unidos y la UE, es la utilizada para tal fin. Los nombres INCI de las sustancias cosméticas se publican en un inventario de la UE que se actualiza periódicamente.

El listado de ingredientes tiene gran utilidad práctica para el farmacéutico, ya que le permite conocer la calidad de las sustancias empleadas en cada cosmético e incluso, por el orden en el que aparecen en el listado, intuir la concentración a la que se han incorporado.

Desde 1998, todos los cosméticos que se comercializan en la UE deben incluir en el etiquetado los ingredientes que contienen

Nomenclatura INCI: diferencias entre EE.UU. y la UE

Cuando el cosmético se comercializa, tanto en el mercado europeo como en el norteamericano, los fabricantes utilizan una doble nomenclatura de los ingredientes que evita los costes de un embalaje específico para cada mercado. Aunque la mayoría de los ingredientes tienen el mismo nombre INCI en ambos mercados, hay algunas diferencias destacables:

* Nombres comunes. En la UE se emplean nombres basados en la European Pharmacopeia, que son reconocidos en todos los países. Ejemplos admitidos son aqua (water, para Estados Unidos) o maris sal (sea salt).

* Colorantes. En la UE se designan generalmente mediante el Color index (CI). En Estados Unidos se emplean las abreviaturas FD & C (Food, drug and cosmetic), D & C (Drug and cosmetic) y No. (número), junto al nombre del colorante. En ocasiones, estas siglas se omiten y sólo aparece el nombre abreviado. En los colorantes que son tintes, la nomenclatura americana incluye el prefijo HC- si la estructura química de la molécula es muy compleja.

* Especies botánicas. En la UE se designan con el nombre latín (género y especie), mientras que en Estados Unidos además se incluye el nombre común de la planta, la parte empleada y el tipo de preparación.

En la tabla 2 figuran algunos ejemplos de ingredientes en ambas nomenclaturas.

Oil-free («libre de aceites») es una denominación algo confusa, pues en algunos países significa que el cosmético no contiene ni aceites ni grasas, mientras que en otros lugares se refiere únicamente a aceites

Novedades en el listado de ingredientes

Recientemente, se ha modificado por séptima vez la Directiva Marco de Productos Cosméticos1. La Directiva 2003/15/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de febrero de 2003, que debe estar transpuesta a las Reglamentaciones Nacionales antes del 11 de septiembre de 2004, se aplicará el 11 de marzo de 2005. Uno de los puntos importantes de la Directiva es la regulación del etiquetado de las sustancias alergénicas presentes en fragancias. Así, exige que en la lista de ingredientes del cosmético se indique la presencia de determinadas sustancias «que constituyen una causa importante de reacciones alérgicas entre los consumidores sensibles a las fragancias», siempre que su concentración supere los límites fijados. La lista de las 26 sustancias citadas aparece en la tabla 3.

Menciones en el etiquetado

Además de la denominación del producto, su función --salvo si se desprende de su presentación--, las indicaciones y las precauciones particulares de empleo, si las hay, pueden aparecer en el etiquetado otras menciones muy útiles para el farmacéutico.

Cosmético no comedogénico

Un cosmético es no comedogénico cuando ha demostrado que su aplicación no produce comedones en la piel. Estos productos son los únicos que se pueden aplicar en pieles acneicas y en pieles asfícticas (con tendencia a formar comedones).

Cosmético hipoalergénico

El cosmético hipoalergénico está formulado para minimizar el riesgo de alergia, lo que no significa que lo elimine totalmente. Para su formulación se han seleccionado ingredientes que han superado una serie de estudios de inocuidad y tolerancia y se han eliminado, en lo posible, los componentes más susceptibles de producir alergia, como los conservantes, los perfumes y algunos colorantes. Las fórmulas contienen pocos ingredientes para reducir la posibilidad de encontrar nuevas sustancias desencadenantes del proceso. Los cosméticos hipoalergénicos están indicados para personas con piel sensible, reactiva ante los cambios climáticos o de producto, o para pieles que se irritan fácilmente.

Al respecto, conviene aclarar la diferencia entre los términos alergia e irritación. La alergia aparece cuando el cosmético ya se ha aplicado una o varias veces y, en ocasiones, lejos de la zona de aplicación. Por ejemplo, la alergia provocada por las lacas de uñas suele afectar a los párpados y provoca inflamación, picor, enrojecimiento e incluso descamación. La irritación, en cambio, aparece inmediatamente después de la primera aplicación, en la zona tratada con el cosmético. Cuando se elimina el cosmético y se aplica una crema calmante, desaparece la irritación.

Cosmético oil-free

Oil-free («libre de aceites») es una denominación algo confusa, pues en algunos países significa que el cosmético no contiene ni aceites ni grasas, mientras que en otros lugares se refiere únicamente a aceites. Son productos indicados para pieles grasas y acneicas. En el caso concreto de los maquillajes, son los únicos que pueden aplicar las pieles con acné.

Cosmético sin perfume

Suelen ser cosméticos destinados a zonas delicadas, como el contorno de los ojos, o a pieles reactivas, como hemos comentado. En otras ocasiones, algún extracto o aceite esencial de la fórmula realizan esta acción.

Cosmético sin conservantes

Los avances en las condiciones de fabricación (materias primas con exhaustivos controles bacteriológicos y fabricación en zonas estériles), así como los envases utilizados (ampollas monodosis, frascos opacos y herméticos que dosifican la cantidad precisa), hacen posible que cada vez sea más frecuente encontrar cosméticos que no incluyen conservantes en su fórmula. También es posible que alguno de los componentes de la formulación cumpla con esta función, como los aceites esenciales con acción antiséptica (canela, árbol del té), el ácido salicílico y las sustancias anticaspa. Incluso la propia formulación puede impedir el crecimiento de microorganismos, como ocurre en las lociones de alto contenido alcohólico y en los cosméticos con valores de pH extremos, como tintes capilares o cremas depilatorias.

Testado dermatológicamente

La frase testado dermatológicamente, o testado por dermatólogos, indica simplemente que el producto ha sido probado por dermatólogos para evaluar su eficacia sobre voluntarios o sobre pacientes. Para que los resultados del estudio sean realmente orientativos de la eficacia del cosmético y no un simple argumento de marketing para el farmacéutico o el cliente, junto a los resultados debería aparecer la duración del estudio, la frecuencia de aplicación y la cantidad de producto aplicada.

Fecha de caducidad

Relacionada directamente con la seguridad, la fecha de caducidad de los cosméticos sólo es obligatoria cuando su vida mínima es inferior a 30 meses. En ese caso, la fecha de caducidad mínima se indica mediante la mención «utilícese preferentemente antes de final de...», indicándose a continuación la propia fecha o la indicación del lugar del etiquetado donde figura. La fecha se compondrá del mes y del año, de forma clara y ordenada. Si es necesario, se completará con la indicación de las condiciones que permitan garantizar la duración indicada.

Fecha de duración de productos cosméticos una vez abiertos

Como novedad, la Directiva 2003/15/CE establece la fecha de duración de productos cosméticos una vez abiertos, también llamada period after opening (PAO). Indica el «tiempo mínimo en meses, después de la apertura y uso del producto cosmético, durante el que puede utilizarse sin riesgo para el consumidor». Esta fecha, obligatoria en los productos cosméticos con un plazo de validez superior a 30 meses, aparecerá dentro de un tarro abierto de crema, similar al que aparece en la figura 1.

Fig. 1. Símbolo para el PAO.

Ausencia de experimentación con animales

También novedosa es la regulación sobre la ausencia de experimentación con animales. Puesto que esta Directiva todavía no se ha transpuesto a la reglamentación nacional, comentaremos este aspecto en próximos artículos.

Símbolos del etiquetado

Si observamos la etiqueta de cualquier envase, encontramos otros símbolos habituales cuyo significado es, en ocasiones, desconocido (fig. 2). Los más habituales son los siguientes:

Fig. 2. Símbolos más frecuentes en el etiquetado de productos cosméticos.

* Mano sobre libro. Aparece en el embalaje y remite al consumidor al listado de ingredientes, que figurará en una nota, una etiqueta, una banda o una tarjeta adjuntas. Se emplea cuando no es posible que los ingredientes figuren en el embalaje (p. ej., por su pequeño tamaño).

* Letra épsilon invertida. Aparece en los aerosoles, como indicación del contenido. Es acreditativa de que el producto cumple con las legislaciones relacionadas con aerosoles2-4.

* Contenido efectivo. Es un símbolo obligatorio sólo y exclusivamente para los productos alimenticios envasados5, por lo que su uso en cosmética es facultativo. Cuando aparece en los envases y embalajes, indica que la empresa realiza los controles estadísticos que establece la norma, cumple con las tolerancias marcadas y tiene a disposición de los servicios de inspección la documentación de los controles de envasado. El símbolo «debe ir colocado junto a la indicación de la cantidad nominal, con una altura mínima de 3 mm y con la forma y dimensiones representadas en el RD 723/1988».

* Código de barras. De utilización voluntaria, no está regulado por ninguna legislación, ni española ni europea. Aparecerá en la parte externa de cada unidad de venta. Su gestión corre a cargo de la AECOC6.

* Punto Verde. Indica que la empresa responsable de ese envase se encuentra adherida a un Sistema Integrado de Gestión de residuos de envases y envases usados7-8. Es un símbolo en dos colores, verde oscuro y verde claro, con un tamaño aconsejado de 10 mm de diámetro, que aparece en el embalaje exterior o, si no es posible, en el propio recipiente.

Comentario final

La información que se ha presentado en este artículo supone una revisión de las principales informaciones que aparecen en el etiquetado. Para el farmacéutico, también resultará especialmente interesante conocer, con ejemplos prácticos, la interpretación del listado de los ingredientes. Este aspecto será tratado en un próximo artículo.

Bibliografía
[1]
RD 1.599/1997, de 17 de octubr.e, sobre productos cosméticos..
[2]
Directiva 75/324/CE.E, de 20 de may.o, sus modificaciones y adaptaciones..
[3]
Directiva 94/1/C.E, de 6 de enero..
[4]
RD 2.549/1994, de 29 de diciembre de 1994..
[5]
RD 723/1988, de 24 de juni.o, por el que se aprueba la Norma General para el control del contenido efectivo de los productos alimenticios envasados..
[6]
Consultado en: www.aecoc.es
[7]
Ley 11/9]7 de 24 de abri.l, de envases y residuos de envases..
[8]
RD 782/1998, de 30 de abril..
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