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39º Congreso Nacional SEMERGEN Bioética y deontología
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39º Congreso Nacional SEMERGEN
Granada, 25-28 Octubre 2017
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156. Bioética y deontología
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242/1952 - EL PACIENTE QUE SE NIEGA A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PARTE DE LESIONES

A. Palmerín Donosoa, M. Casado Blancob, D. Peral Pachecoc y M. Tejero Masd

aMédico Residente de 2º año de Medicina Familiar y Comunitaria. Centro de Salud Valdepasillas. Badajoz. bMédico Forense. Instituto de Medicina Legal. Badajoz. cFacultad de Medicina. Universidad de Extremadura. dMédico Residente de Medicina Familiar y Comunitaria. Centro de Salud La Paz. Badajoz.

Descripción del caso: Un paciente de 12 años de edad acude al Centro de Salud, acompañado por sus padres, quienes refieren que le ha mordido el perro de un vecino, hace una media hora, mientras se encontraban en su propio domicilio, el cual está bien vacunado y desparasitado. Una vez hemos explorado al paciente y le hemos realizado la cura local, informamos a sus padres de que vamos a proceder a cumplimentar el Parte de Lesiones, a lo cual se niegan, aduciendo que "el dueño del perro es muy amigo de la familia, ha sido un accidente y no quieren que lo que ha pasado vaya a más ni complicarlo todo con el Juzgado".

Exploración y pruebas complementarias: El paciente presenta, en la musculatura paravertebral derecha, a nivel de la cuarta vértebra lumbar, una lesión reciente, de forma semilunar, de 5 centímetros de longitud, a lo largo de la que se observan señales de dientes, rodeada por un área equimótica y contusa, sin sangrado activo, dolorosa a la palpación y de forma espontánea, así como tres erosiones adyacentes de dos centímetros de tamaño, cada una de ellas.

Juicio clínico: Mordedura de perro.

Diagnóstico diferencial: Mordedura de perro, mordedura de gato, mordedura humana.

Comentario final: Uno de los motivos de consulta más frecuentes en la consulta del médico de familia son las lesiones. Dado que su autoría puede conllevar consecuencias penales, civiles y laborales, la cumplimentación del Parte de Lesiones es una obligación legal y deontológica para los médicos, dando así parte a la Administración de Justicia de las lesiones que observen durante su práctica clínica. Por tanto, podemos y debemos emitir un Parte de Lesiones en contra de los deseos del paciente, ya que esta decisión no depende de su opinión y, si cedemos a su petición, incumpliremos tanto la ley como el Código de Deontología Médica.

Bibliografía

  1. Consejo General de Colegios Médicos Oficiales de España. Código de Deontología médica. Madrid: Organización Médica Colegial de España. 2011.
  2. De Castro Vila C, Adalid Villar C. Una paciente no quiere que realicemos el parte de lesiones ante una situación de violencia de género. FMC. 2010;17(4):232-4.

Palabras clave: Parte de lesiones.

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