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Vol. 2. Núm. 2.
Páginas 233-237 (Abril 2004)
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Organización de la salud pública en Aragón
Organization of public health in Aragon
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Luis Ignacio Gómez Lópeza
a Director General de Salud Pública. Gobierno de Aragón
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Desde la publicación de los Decretos de Transferencias para Aragón en 1981 la salud pública en la Comunidad Autónoma de Aragón ha sufrido numerosos cambios de estructura y ubicación.

Hasta el desarrollo de la preautonomía funcionaron las antiguas Jefaturas Provinciales y las Direcciones Territoriales de Sanidad. Entre 1981 y 1983 ya existía la Consejería de Sanidad pero sólo tenía dos Direcciones Generales: de Sanidad y de Administración Sanitaria como queda reflejado en el primer Decreto de estructura de la Consejería de Sanidad en 1983. En dicho Decreto las áreas de salud pública eran competencia del Servicio Regional de Salud Pública dentro de la Dirección General de Sanidad y eran las "clásicas": sanidad escolar, epidemiología, campañas, inspección de alimentos, contaminación, registro, etc.

La Dirección General de Salud Pública se contempla como tal en el Decreto de estructura de la Diputación General de Aragón (julio de 1983) en el que se establecen tres servicios:

1. Vigilancia epidemiológica y estadística sanitaria.

2. Promoción de la salud.

3. Sanidad ambiental.

Como áreas de trabajo se recogen:

1. Enfermedades transmisibles.

2. Enfermedades no transmisibles.

3. Educación para la salud.

4. Programas de salud.

5. Registro alimentario.

6. Higiene alimentaria.

7. Salud ambiental.

A partir de ahí el Departamento sufre diversos cambios de estructura, si bien la Dirección General de Salud Pública se mantiene como tal en el mismo.

Es en 1999, cuando desaparece, se distribuyen sus funciones y competencias entre el Servicio Aragonés de Salud y la nueva Dirección General de Ordenación, Planificación y Evaluación (tal y como se recoge en el Decreto de Estructura del Departamento de Salud y Consumo de 1999 y en la modificación de la Ley del Servicio Aragonés de Salud del mismo año y posterior Decreto de Estructura del SALUD [2002]).

Desde ese momento el Servicio Aragonés de Salud se hace cargo de las áreas de:

1. Atención al medio (contaminación, etc.).

2. Control de riesgos relacionados con productos alimentarios.

3. Prevención y control de zoonosis.

4. Promoción de la salud.

5. Prevención de las enfermedades (vacunaciones, programas dirigidos a colectivos específicos).

6. Fomento de la formación e investigación en salud pública.

7. Educación para la salud.

8. Sanidad mortuoria.

9. Control de la publicidad.

Dependiendo de una Dirección de Área de Salud Pública a través de dos servicios: protección de la salud y prevención y promoción de la salud.

Y la Dirección General de Ordenación, Planificación y Evaluación, a través de sus servicios de planificación y evaluación recogía las áreas de Salud Pública relacionadas con:

1. Planificación estratégica.

2. Propuesta de objetivos en políticas de salud.

3. Sistemas generales de información y evaluación.

4. Ordenación farmacéutica.

En 2002 y con la publicación de la Ley de Salud de Aragón se establece que las competencias de salud pública se sitúan en el departamento responsable en materia de salud y que las áreas de trabajo que incluye son:

1. Atención al medio.

2. Control de riesgos de productos alimentarios.

3. Prevención y control de antropozoonosis.

4. Intervención epidemiológica.

5. Promoción de la salud.

6. Formación e investigación en salud pública.

7. Educación para la salud.

8. Sanidad mortuoria.

9. Control de la publicidad en sanidad.

Paralelamente se crea la Agencia Aragonesa de Seguridad Alimentaria que, dependiendo del Departamento de Agricultura, se constituye como un órgano consultivo y asesor para los poderes públicos (asesoramiento científico, coordinación, acciones informativas, emitir informes, etc.).

Por tanto, entre 1999 y 2003 las funciones y competencias de Salud Pública en Aragón han dependido de dos órganos diferentes: un organismo autónomo como es el SALUD y una Dirección General dentro del Departamento.

Es en octubre de 2003 cuando se publica la última estructura del Departamento de Salud y Consumo en que se definen las funciones de la Salud Pública de una forma más adaptada a las necesidades actuales que se plantean en dicho campo.

­ La elaboración, desarrollo y gestión de los sistemas de medición del estado de salud de la población.

­ La definición de la cartera de servicios de salud pública.

­ La información, vigilancia e intervención epidemiológica.

­ El estudio y control de los efectos adversos de los medicamentos, en concreto las funciones de sistema de información en farmacovigilancia.

­ La promoción de la salud, la información y educación para la salud y la prevención de enfermedades.

­ La promoción de políticas saludables y desarrollo sostenible en relación con la salud.

­ La promoción de la salud laboral.

­ Las actuaciones en materia de sanidad mortuoria.

­ La promoción de la salud ambiental, en cuanto a su repercusión sobre la salud humana, incluyendo el control sanitario y prevención de las antropozoonosis.

­ La protección de la salud humana en relación con los riesgos de la cadena alimentaria.

­ La colaboración con el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud para el fomento de la formación e investigación científica en el ámbito de la salud pública.

­ La elaboración del Plan de Salud de Aragón, como instrumento orientador de las políticas de salud, en los términos previstos por la Ley de Salud de Aragón.

­ La coordinación con otros Departamentos y Entidades en cuanto a las actuaciones que afecten la salud individual y colectiva.

Así mismo se establecen tres Servicios:

1. Servicio de vigilancia en salud pública.

2. Servicio de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

3. Servicio de seguridad alimentaria y medioambiental.

Cada uno con las funciones siguientes:

Servicio de vigilancia en salud pública

­ La definición de la cartera de servicios de salud pública.

­ El diseño, desarrollo y evaluación de sistemas de información epidemiológicos sobre determinantes y estado de salud de la población.

­ La identificación y vigilancia de los riesgos para la salud.

­ El desarrollo de pautas epidemiológicas de intervención ante problemas de salud de la población.

­ La elaboración del Plan de Salud y la definición de las estrategias de salud derivadas del mismo.

­ Proporcionar las determinaciones analíticas pertinentes a los diferentes programas de salud pública.

Servicio de promoción de la salud y prevención de la enfermedad:

­ El desarrollo de programas de promoción y educación para la salud en distintos escenarios: medio educativo, ámbito comunitario, medio laboral y ámbito sanitario.

­ La coordinación inter e intrainstitucional en materia de promoción de la salud.

­ El diseño y realización de actividades de información y sensibilización en salud.

­ El diseño y puesta en marcha de programas específicos de prevención de enfermedades.

­ La elaboración, gestión, seguimiento y evaluación de los programas de prevención en materia de drogodependencias.

­ El fomento y colaboración con redes sociales de políticas saludables y de desarrollo sostenible.

­ La coordinación de actividades de promoción de la salud laboral.

Servicio de seguridad alimentaria y medioambiental:

­ El control sanitario y la prevención de los riesgos para la salud derivados de la transformación, almacenamiento y comercialización de alimentos.

­ El desarrollo de programas de promoción de la alimentación saludable.

­ La atención al medio en cuanto a su repercusión sobre la salud humana individual y colectiva, incluyendo el control de las antropozoonosis.

­ La coordinación entre los diferentes órganos responsables en materias relacionadas con la seguridad alimentaria especialmente con la Agencia Aragonesa de Seguridad Alimentaria.

La salud pública en el territorio se organiza a través de tres subdirecciones provinciales en Huesca, Teruel y Zaragoza.

Las subdirecciones provinciales tienen funciones y estructura similar en las tres provincias, con representación de los servicios existentes en el nivel central.

Funciones

1. La inspección y vigilancia de los centros y establecimientos sanitarios y de las actuaciones en materia de la gestión de los residuos sanitarios, de sanidad mortuoria y de publicidad medicosanitaria.

2. La gestión de actividades de vigilancia e intervención en materia de salud pública.

3. La puesta en marcha de programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

4. La gestión de las actuaciones en materia de salud alimentaria y medioambiental.

5. Programación y desarrollo de programas de las actividades de salud pública en el ámbito de la provincia. La programación y seguimiento de las actuaciones inspectoras y las funciones de atención al usuario en relación con los servicios de salud pública.

Estructura

1. Sección de higiene alimentaria y coordinación zonas veterinarias.

2. Sección de sanidad ambiental.

3. Laboratorio de salud pública.

4. Sección de vigilancia epidemiológica y promoción de salud (en Zaragoza constituyen dos secciones independientes).

Así pues, en este momento la salud pública en Aragón es competencia del Departamento de Salud y Consumo a través de una Dirección General (nivel central) y tres subdirecciones provinciales.

Esta distribución territorial de la salud pública coexiste y debe coordinarse en sus intervenciones con otras organizaciones territoriales existentes, tanto del departamento de salud como del departamento de presidencia.

Así como vemos, el Servicio Aragonés de Salud estructura sus servicios sanitarios mediante sectores y zonas de salud.

Las zonas veterinarias a su vez presentan una distribución no coincidente con las zonas de salud.

Y, por último, la reciente comarcalización de Aragón (Ley de 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón) aporta una distribución territorial en comarcas (que poseen competencias en, por ejemplo, servicios sociales) que no coincide con ninguna de las dos anteriores.

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