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Vol. 17. Núm. 1.
Páginas 6-9 (Enero 2003)
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Medicamentos clandestinos. El dulce encanto de la imaginación
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ENRIQUE GRANDA VEGAa
a Doctor en Farmacia.
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Recién finalizado un año en el que se han producido distintos escándalos relacionados con medicamentos clandestinos y curas milagrosas, el autor reflexiona sobre este fenómeno social que surge periódicamente y apunta soluciones para una mejor regulación legal de los complementos dietéticos, las especialidades publicitarias y las fórmulas magistrales. Sugiere, en definitiva, la mejor forma de atajar el problema de los medicamentos ilegales, mantener el mercado en el ámbito sanitario y encontrar soluciones jurídicamente aceptables para quienes buscan formas diferentes de cuidar su salud.
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Cada cierto número de años surge una oleada de remedios secretos o verdaderos medicamentos no registrados como tales, a los que se atribuyen propiedades prodigiosas y que se venden a precios elevados, en oscuros circuitos de comercialización. En ocasiones su retirada constituye un verdadero fenómeno social, con pacientes que protestan o «empresarios» que se querellan contra las autoridades sanitarias, mientras cunde cierta alarma entre aquellos que acusan de falta de control al ministerio y a las comunidades autónomas, y los que exigen más libertad a la hora de elegir las formas de tratar su enfermedad, o las empresas que quieren atender las demandas de unos pacientes que desconfían de la medicina oficial. El año que acaba de transcurrir ha sido especialmente pródigo en acontecimientos de este tipo e invita a una reflexión sobre los planteamientos de unos y otros.

ILEGAL, PERO ATRACTIVO

Lo clandestino parece tener cierto encanto para un segmento de la población, sin que sea posible determinar fácilmente los motivos que empujan a estas personas a gastar dinero y a asumir riesgos con curas milagrosas. De antemano, no puede afirmarse que ese segmento de población tenga un bajo nivel cultural ni que proceda de las clases más desfavorecidas, por el contrario, en algunos casos recientes hemos podido comprobar que los usuarios eran personas de buen nivel cultural, incluso pertenecientes al mundo sanitario. No es cuestión de dinero tampoco: la medicina oficial, con sus problemas, atiende a todos, y los atiende prácticamente gratis. Sin embargo, hay personas que parecen empujadas por un imán hacia lo alternativo, creando una demanda que es atendida por quienes ven en ello una oportunidad de negocio. La historia, casi como una crónica de sucesos, ha sido pródiga en este tipo de engaños y merece la pena recordarlos, porque han condicionado una legislación represiva, aunque no tanto una vía de escape legal a otras formas de abordar el problema.

CRÓNICA DE SUCESOS

La Ley de Sanidad de 1986 y la Ley del Medicamento de 1990 se hicieron bajo la sombra de un medicamento clandestino --Amatrisan--, un producto anticanceroso elaborado por un médico de Alicante --el Dr. Amat--, que tuvo en jaque a las autoridades sanitarias allá por el año 1995 porque en nuestro ordenamiento jurídico no había previsiones sobre los remedios secretos, cuando éstos se prescribían y administraban por un médico en uso de su libertad de prescripción. Ambas leyes fueron muy prolijas en la prevención de estas situaciones, sobre todo cuando se trataba de supuestos medicamentos con indicaciones en enfermedades graves, pero se dejó de regular adecuadamente otro tipo de productos cuya indicación principal es, en términos generales, el «bienestar», el apoyo a otras opciones terapéuticas y el tratamiento de otras pequeñas dolencias.

La «vacuna de enzimas vivientes»

Desde la década de los años 70, un farmacéutico de Córdoba, el Dr. Fernando Chacón Mejías, venía preparando una fórmula magistral cuyo componente principal era suero lácteo, que los médicos prescribían en recetas de la Seguridad Social en forma inyectable para enfermedades graves como algunos tipos de cáncer. El asunto se destapa por primera vez en 1980, cuando el Insalud decide no pagar unos 12 millones de pesetas en recetas correspondientes a la «vacuna de enzimas vivientes», que es como denominaba el imaginativo Dr. Chacón a su descubrimiento. La negativa al pago es recurrida en los tribunales y, sorprendentemente, obtiene una sentencia favorable, ya que en ese momento las fórmulas magistrales no cuentan con ninguna limitación en cuanto a su composición y el Concierto de la Seguridad Social recoge que se abonarán todas las fórmulas prescritas válidamente por los médicos. ¡Qué tiempos!1

Las reclamaciones judiciales del Dr. Chacón continúan en años posteriores, ya que la vacuna se sigue prescribiendo y facturando, y en 1988, incluso los tribunales obligan a realizar una prueba pericial para comprobar los argumentos de las Autoridades Sanitarias en el sentido de que se trataba de un fraude2. El tratamiento periodístico de esta noticia es claramente inadecuado, ya que siembra la duda sobre las pretendidas virtudes de los llamados «enzimas vivientes». Toda esta cuestión parece terminar con la publicación de la Ley del Medicamento en 1990 y el fin de una cierta impunidad legal, pero reaparece en el año 2002 con unas características muy semejantes a las de entonces, agravadas, si cabe, por la intervención de una figura del mundo sanitario de los tiempos de la UCD.

 

Amatrisan

Como se ha señalado, otro de los casos con resonancia en las publicaciones diarias fue el del médico alicantino Antonio Amat, que preparaba, él mismo, un medicamento a partir de urea que denominó Amatrisan y con el que pretendidamente curaba el cáncer. Este caso fue bastante diferente en su tratamiento periodístico, ya que la prensa no dudó en ponerse de parte de las Autoridades Sanitarias calificando directamente de fraude los tratamientos del Dr. Amat que incluían, además, otras medidas complementarias, aparte de administrar el medicamento. El suceso, además de su componente folclórico y tercermundista, tuvo mucha importancia en el desarrollo de la Ley del Medicamento, que recogió las previsiones necesarias para que no pudieran darse estas situaciones en el futuro.

Las Píldoras del Dr. Bogas

El último caso, acontecido en épocas más recientes pero mucho más fácil de atajar, fue el de una fórmula adelgazante compuesta por tres tipos de cápsulas y que se conoció con el nombre de Píldoras del Dr. Bogas. En este caso se ocultaban los verdaderos componentes de la fórmula, que resultó contener anfetaminas, hormonas tiroideas y benzodiacepinas, por lo que se pudo actuar eficazmente por medio de la legislación sobre psicotrópicos y clausurar la fabricación. Las ventas del producto, no obstante, alcanzaron bastantes cientos de millones de pesetas. En este caso la prensa también hizo un tratamiento adecuado de la noticia, sobre todo, por los importantes efectos adversos aparecidos en muchos de sus consumidores. El punto en común de estos sucesos es que en su génesis hay profesionales sanitarios y, por ello, el tratamiento periodístico ha sido bastante diferente del que se ha dado a los llamados «medicamentos milagro», de los que ha habido también numerosos ejemplos.

 

Productos milagro

A lo largo de la historia moderna se han dado numerosos casos de difusión de noticias sobre las pretendidas virtudes de algún remedio que, en casi ninguna ocasión, parte de un profesional sanitario. Así, en los años 50 la prensa habló ampliamente de un tratamiento para los cálculos renales, al parecer de un jesuita, que consistía en una ampolla cerrada que contenía una sustancia ligeramente radiactiva y que se dejaba en un vaso de agua durante la noche para beberla por la mañana. En épocas posteriores, aparece un apicultor extremeño, Cirilo Pérez, que prepara un crecepelo de efectos milagrosos al que denomina Ciripolen, del que la prensa se hace eco en tono de «serpiente de verano»3.

Entre estos remedios, el que irrumpió con más fuerza y dio lugar a explicaciones más o menos científicas en la prensa fue el famoso hongo que vivía en el agua de té y al que se atribuyeron muy diversas virtudes curativas en la posguerra y que tuvo cierto resurgimiento en épocas posteriores con carácter de amuleto esotérico. El relevo de estos remedios fantásticos lo tomarían, en la era de la electrónica, las pulseras con metales ionizados o minerales cristalizados, los imanes, los ionizadores del ambiente y otro tipo de aparatos a los que se atribuían virtudes medicinales y que tienden a desaparecer tras la publicación del Real Decreto de 19964, quizá impulsado por otra oleada de escándalos sufrida en 1994, cuando se comercializaban en las farmacias productos sin registro tales como Biodel o Nomasquil, que dieron lugar a una agria polémica entre la Corporación Farmacéutica y el ministerio, recogida en el El País5. También por entonces, algunos consumidores presentaron denuncias contra Diecur y Dieplus, de las que, asimismo, se hizo eco la prensa6.

Así llegamos a la época actual, en la que reaparece la cura del Dr. Chacón bajo el nombre de Bio-Bac e Inmunobiol y muchas comunidades autónomas comienzan a retirar productos de herbolarios con pretendidas indicaciones terapéuticas que, en ocasiones, provocan reacciones airadas de las empresas que las comercializan o de los pacientes que los consumen. Durante el año 2002 se produjo la retirada de la nada desdeñable cantidad de 3217 productos, en su mayor parte vendidos en los herbolarios. La conclusión a la que cabe llegar a tenor de todos estos sucesos es que no basta con prohibir: hay que ofrecer salidas razonables al mercado siempre que no se pretenda fabricar medicamentos clandestinos o engañar directamente a los consumidores y esta salida pasa por mantener el canal sanitario y la garantía farmacéutica para cualquier producto que tenga que ver con la salud.

SOLUCIONES POSITIVAS

Lejos de este mundo oscuro --el de lo clandestino--, existen empresas, enfermos y personas sanas, que desean satisfacer necesidades concretas por medios legales. Por nada del mundo quisieran verse confundidos con los ignorantes o crédulos que confían en la curación del cáncer, el sida o la hepatitis fuera de la medicina oficial, o con quienes juegan con la ilusión de los pacientes en su propio beneficio. Pero parece que no hay otra alternativa que los medicamentos que proceden de patentes, los que imponen las empresas multinacionales y que tampoco se salvan, en ocasiones, de problemas. Las autoridades sanitarias son remisas a regular la medicina natural. Se espera desde hace muchos años el desarrollo de la Ley del Medicamento en lo que se refiere a las plantas medicinales. Los productos homeopáticos son rechazados a pesar de estar regulados8; los aditivos alimentarios se consienten sólo cuando acompañan a alimentos en los que lo principal es el valor alimenticio y las fórmulas magistrales se persiguen como si de medicamentos clandestinos se tratara. Se pone infinidad de trabas a las especialidades farmacéuticas publicitarias, tanto en su registro como en su comercialización, por lo que su mercado se encuentra estancado o en retroceso. Quizá la mejor estrategia frente a lo clandestino sea dar salida a los mercados complementarios mediante una regulación legal adecuada, facilitando el desarrollo de productos naturales, complementos dietéticos, plantas medicinales y otros productos que no pueden clasificarse como medicamentos pero que influyen en funciones fisiológicas de forma positiva.

Las soluciones deben ser adoptadas urgentemente porque hay una demanda insatisfecha de productos legales y de calidad, en plantas medicinales, en suplementos dietéticos y en especialidades publicitarias, mientras todos somos testigos de cómo se permiten anuncios, hasta en televisión, de productos que bajan los triglicéridos y el colesterol; yogures que no contienen gérmenes vivos y a los que se autoriza la denominación de «yogur» como si los tuvieran; aguas que adelgazan y productos anunciados por personajes conocidos, que practican un tipo de publicidad expresamente prohibida para los medicamentos: la llamada «publicidad testimonial». El caso más sangrante de esta falta de regulación o de una regulación mal encaminada lo tenemos en las fórmulas magistrales, que tras las últimas declaraciones de responsables sanitarios, están llamadas a desaparecer si progresan las ideas que están transmitiendo.

FÓRMULAS MAGISTRALES

La publicación del real decreto9 que regula la formulación magistral se configura como una medida desproporcionada para su aplicación a tratamientos que, por su propia naturaleza, son medicamentos personalizados. La garantía de calidad --sobre todo, el proceso documental que se exige-- encuentra su justificación en productos producidos industrialmente o procesos llevados a cabo de forma rutinaria, pero es inadecuada para hacer una fórmula cada tres días. En este caso, prever el futuro es fácil: la formulación magistral va a desaparecer, máxime si se tiene en cuenta que, al parecer, la Administración prepara una lista cerrada de fórmulas magistrales. Nuevamente, la sombra de la Gran Industria se deja ver tras estas medidas y la erradicación de la formulación magistral constituye un nuevo incentivo para que personas ajenas al mundo sanitario buceen en las procelosas aguas de lo clandestino.

ESPECIALIDADES PUBLICITARIAS

El mercado de las especialidades publicitarias y los productos para el autocuidado de la salud no progresa y ello se debe a un conjunto de razones; quizá la principal de ellas sea el bajísimo coste para los españoles de los medicamentos que financia la Seguridad Social, pero también a un exceso de regulación --lista positiva de principios activos, controles previos de los mensajes, imposibilidad de practicar ciertos tipos de publicidad, etc.,-- lo que aboca a que las inversiones sean poco rentables, se pierda dinero en bastantes campañas en medios y, en general, se desincentive al sector.

Junto a quienes observan cuidadosamente las normas, están siempre los que buscan la posibilidad de decir lo que no se permite a una especialidad publicitaria con todas las garantías, y lo consiguen en productos alimenticios o simplemente dietéticos, aguas de mesa y otros productos de consumo que, al parecer, son los únicos que bajan el colesterol, adelgazan, rejuvenecen o «dan alas» a los ciudadanos. La lista positiva de principios activos que pueden pasar a formar parte de las especialidades publicitarias se debería construir con aquellos principios activos cuyas ventas se producen en más de un 50% fuera de la Seguridad Social y su registro tendría que abreviarse al máximo.

PLANTAS MEDICINALES

Dado que han transcurrido doce años desde la publicación de la Ley del Medicamento y sigue sin desarrollarse el artículo 42 que se refiere a las plantas medicinales, cabe concluir que hay intereses contrarios a su regulación. Las farmacias representan la garantía sanitaria de los productos que responden a criterios de calidad, seguridad y eficacia, pero no están dispuestas a compartir el mercado con quienes no dudan en alinear en sus estanterías productos clandestinos o curas imaginarias. El mercado de plantas medicinales crecería extraordinariamente si las farmacias tuvieran un verdadero interés por él, pero este hecho tiene que ir acompañado de una regulación adecuada.

COMPLEMENTOS DIETÉTICOS

Este es un campo en el que también hay mucho que hacer. Hasta ahora en España sólo se acepta la existencia de medicamentos y alimentos, con la excepción de los aditivos alimentarios --sal, especias, colorantes y algunas vitaminas en dosis infraterapéuticas--, pero no hay una definición de otros productos que puedan usarse como complementos dietéticos y que mejoren algunas funciones fisiológicas. Hay varios países de la Unión Europea que han avanzado en este campo al igual que Estados Unidos, y admiten la existencia de otros productos clasificados como alimentos aunque su función no sea directamente nutritiva. De nuevo, una regulación adecuada de estos productos podría acabar con la clandestinidad (en parte, inocente) y con la importación de estos productos de otros países europeos, que suele quedar impune, ya que en dichos países de origen son legales.

CONCLUSIÓN

Los recientes casos de retirada de medicamentos clandestinos fuerzan una reflexión que se viene repitiendo en este artículo: hace falta una mayor regulación de otros productos no directamente medicamentosos que, sin engaño a los ciudadanos, constituyan una alternativa a los fármacos procedentes de las patentes y de la investigación. El mantenimiento de estos productos en el canal sanitario, y concretamente en las farmacias, es quizá la mejor garantía para todos.

Bibliografía
[1]
Prensa y medicamentos. Discurso leído en el acto de recepción como académico correspondiente el 14 de febrero de 2000. Campillo Nevado: Barcelona, 2000.
[2]
Diario Ya del 7 de junio de 1988: Sanidad hará la prueba pericial de una vacuna anticáncer. La sentencia de la Audiencia Nacional obliga a probar las virtudes de la vacuna de enzimas vivientes del Dr. Fernando Chacón Mejías.
[3]
Granda E..
Clandestino..
¡No gracias! Farmacia Profesional, 8 (1994), pp. 4-8
[4]
BOE 189 de 6 de agosto de 1996.
[5]
Sanidad y farmacéuticos se acusan mutuamente por la venta de adelgazantes no autorizados. El País, 13 de abril de 1994.
[6]
Las denuncias de los consumidores no consiguen frenar la avalancha de falsos adelgazantes. El País, 25 de abril de 1994.
[7]
Según el subsecretario de Sanida.d, Pablo Vázquez, en su comparecencia en la comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados a finales del mes de noviembr.e, en el año 2000 se retiraron 92 productos; en el año 2001 fueron 137 los productos retirados y en el 2002 se llegó a la cifra de 321..
[8]
Ha habido casos en los que la Agencia del Medicamento ha llegado a devolver las tasas pagadas para la evaluación de productos homeopáticos para «invitar» a retirar una solicitud de registro..
[9]
Real Decreto 175/2001 de 23 de febrero que regula la formulación magistral por las oficinas de farmacia..
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