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Vol. 38. Núm. 8.
Páginas 425-426 (Noviembre 2006)
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La ley antitabaco. Un año después
The Law Against Tobacco.One Year On
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Francisco Camarelles Guillema
a Medicina de Familia. Coordinador del Grupo de Abordaje al Tabaquismo (GAT) de la semFYC.
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En 2004, la Comisión Europea examinó la situación del los países de la Unión en relación con el desarrollo de sus políticas sobre tabaquismo1, y en esta evaluación incluyó las 6 intervenciones consideradas como más coste-efectivas para su control: incremento del precio del tabaco y otros productos del tabaco; prohibición de la publicidad y la promoción de todos los productos del tabaco, logotipos y marcas comerciales; prohibiciones y restricciones de fumar en lugares públicos y en el lugar de trabajo; información al consumidor, y al público en general, incluidas las campañas públicas de información, el uso de los medios de comunicación de masas y la publicidad; advertencias sanitarias sobre los efectos del consumo de tabaco en los paquetes de cigarrillos, y tratamiento para ayudar a los fumadores dependientes a dejar de fumar, incluido el acceso a las medicaciones.

El 1 de enero de 2006 ha entrado en vigor la nueva Ley 28/20052: «Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco». Esta ley ha supuesto un importante avance en las políticas de prevención y control del tabaquismo en nuestro país, en la dirección marcada por los organismos europeos e internacionales3.

La ley prohíbe el patrocinio de los productos del tabaco, así como toda clase de publicidad y promoción de los citados productos en todos los medios y soportes. La evidencia empírica demuestra que prohibir la publicidad del tabaco, en todos los medios publicitarios, y todas las formas de publicidad directa o indirecta, puede disminuir hasta un 7% el consumo del tabaco.

La ley establece, además, limitaciones a la venta, el suministro y el consumo de los productos del tabaco, con restricciones de fumar en lugares públicos y en el lugar de trabajo. Las prohibiciones y restricciones para fumar en lugares públicos no sólo protegen a los no fumadores, sino que también crean un ambiente social que anima a los fumadores a disminuir el consumo o a dejar de fumar.

Pasados unos pocos meses desde la entrada en vigor de la Ley, aún no disponemos de datos definitivos para evaluar su impacto, pero sí de datos parciales y de apreciaciones sobre su aceptación y cumplimiento.

Las ventas de tabaco en España han disminuido un 7% en los primeros 4 meses del año, sin incluir las ventas del comercio turístico y transfronterizo, según datos del Comisionado Para el Mercado de Tabacos.

Los últimos datos de la Encuesta Nacional de Salud4 sobre prevalencia del tabaquismo son de 2003 y la sitúan en el 28,12% de la población española como fumadora habitual (el 34,15% de los varones y el 22,39% de las mujeres). No disponemos de datos de prevalencia actualizados, pero se prevé que la prevalencia global del tabaquismo se reducirá en torno a un 5% en España como consecuencia de la prohibición de fumar en los centros de trabajo contemplada en la Ley. El 46% de los fumadores ha intentado dejar de fumar desde la entrada en vigor de la Ley en enero según los resultados de una encuesta realizada por la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) presentada en la VII Semana sin humo 2006, en la que participaron 2.070 pacientes (de los cuales el 35% eran fumador). De ellos, sólo el 14% ha estado más de 3 meses sin probar un cigarro, y llama la atención que la mitad de los fumadores se plantea dejar el hábito tabáquico en lo que queda de año.

Hay estudios en marcha realizados por investigadores de diversas comunidades autónomas cuyos resultados preliminares revelan una drástica disminución de la contaminación por humo ambiental de tabaco en lugares de trabajo analizados, como las oficinas de la Administración, la Universidad o las oficinas de empresas privadas. En estos lugares, la concentración de humo ambiental de tabaco se ha reducido en la práctica a cero. Mientras, la situación en otros locales de hostelería se mantiene en valores similares a los observados antes de la entrada en vigor de la Ley. Igualmente, se ha comprobado una disminución de la cotinina ­un derivado de la nicotina­ en la saliva de los camareros no fumadores que trabajan en locales donde se ha vetado el consumo.

Se aprecia un alto grado de cumplimiento y normalidad en la aplicación de la Ley tras su entrada en vigor el pasado 1 de enero de 2006. La percepción general es que la Ley Antitabaco se está cumpliendo bien en el medio laboral, y de forma irregular en el sector de la hostelería. Se estima que en torno al 15% de locales de restauración (de menos de 100 metros cuadrados) se ha declarado «espacios libres de humo» desde enero, aunque cada día se incorporan nuevos locales que no permiten fumar. Para un mejor cumplimiento de la Ley son necesarios criterios homogéneos de aplicación de la norma en todas las autonomías, y se echa en falta un mayor compromiso de determinadas comunidades autónomas a la hora de hacer cumplir la Ley, ya que promueven normativas permisivas que no tienen justificación en cuanto a salud pública y son altamente perjudiciales para un correcto funcionamiento de la Ley. El cumplimiento de las leyes es responsabilidad de todos y las comunidades autónomas tienen responsabilidades específicas que no pueden ni deben eludir, y deben poner en marcha todos sus instrumentos de inspección, control y señalización de los locales en los que no está permitido fumar.

La Ley ha condicionado una situación favorable para intentar dejar de fumar y está siendo un éxito en cuanto a la aceptación por parte de los ciudadanos y profesionales. La Ley está siendo bien aceptada en la población general, tanto fumadora como no fumadora. Según la encuesta de semFYC, sólo el 15% de la población general se muestra contraria a la Ley, mientras que el porcentaje de fumadores que se opone a la normativa alcanza el 29%, lo que demuestra un contexto de aceptación general. Por lo tanto, los responsables políticos no deben tener miedo de alterar la armonía social por hacer cumplir las leyes reguladoras del tabaco.

La Ley tiene puntos que se pueden mejorar y es necesario avanzar para que el próximo año se realice una reforma de la normativa que aumente la restricción de fumar en los espacios públicos, con la prohibición absoluta de fumar en bares y restaurantes, donde actualmente se incumple la Ley al haber confusión. No hay ninguna razón para proteger la salud de los trabajadores de unos sectores y no de otros, como los camareros de los bares donde está permitido fumar.

Las medidas de prevención y control del tabaquismo estarán incompletas hasta que no se aborden 2 políticas, como el incremento del precio del tabaco y la asistencia a los fumadores dependientes que quieren dejar de fumar. Todo incremento de la fiscalidad de los productos del tabaco disminuye el consumo, fundamentalmente en los jóvenes, que es el sector más vulnerable. Un 10% de incremento sobre el precio final del tabaco supone una reducción del consumo global del 4%, pero en los adolescentes el impacto es el doble (8%). Tratar a los fumadores dependientes es efectivo y coste-efectivo; muchos fumadores quieren dejar de fumar, pero necesitan ayuda porque tienen dependencia del tabaco. Las tasas de abandono pueden aumentarse sustancialmente mediante la prestación de ayuda en los centros sanitarios, la creación de líneas telefónicas para ayudar a dejar de fumar, y la ayuda psicológica y farmacológica, incluida la terapia sustitutiva con nicotina y el bupropión. Es necesario que nuestro país disponga de los recursos asistenciales adecuados para responder a esta necesidad.

Por otra parte, es necesario dedicar recursos a financiar las políticas de prevención y control del tabaquismo, y avanzar en la constitución del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo, un organismo que debería realizar un seguimiento de la normativa, proponer iniciativas, programas, actividades y estrategias de prevención y control del tabaquismo, en el que es imprescindible que estén presentes las sociedades científicas que más se han significado en este campo.

Bibliografía
[1]
European Comission. Luxembourg. Office for official Publications of the European Communities. Disponible en: www.europa.eu.int/commm/health
[2]
BOE n.º 309 de 27 de diciembre 2005: 42241-50.
[3]
Camarelles F..
Políticas de prevención y control del tabaquismo..
Aten Primaria, 35 (2005), pp. 387-8
[4]
Encuesta Nacional de Salud de España. Madrid: MSC; 2003.
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