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Vol. 29. Núm. 7.
Páginas 455 (Abril 2002)
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Vol. 29. Núm. 7.
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La consolidación del empleo y el acceso al trabajo en el Sistema Nacional de Salud. ¿Una solución racional para todos?
The consolidation of employment and acces to work in the National Health Service
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A.M.. Costa Alcaraza
a Centro de Salud Nazaret (Valencia).
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Sr. Director: Como bien se dice en el editorial de Melguizo y Planes1, una regla básica recogida por la Constitución Española para la selección de profesionales de las Administraciones Públicas es asegurar convocatorias de ofertas de empleo que garanticen los principios constitucionales de igualdad (título I, artículo 23, punto 2), mérito y capacidad (título IV, artículo 103, punto 3). Por desgracia, una ley de punto final no parece ajustarse a dichos principios.

Por una parte, el término punto final parece insinuar una solución ad hoc para compensar errores cometidos con anterioridad, y de esa forma ha sido aplicada recientemente por algunas dictaduras en distintas partes del mundo.

Por otra, al buscar el consenso de los grupos profesionales afectados se ha tenido en cuenta exclusivamente a los grupos de presión, representados por los sindicatos mayoritarios y las organizaciones oficiales bien relacionadas con el poder, ignorándose tanto a sindicatos específicos del colectivo médico que no llegan a sentarse en la mesa de negociaciones, como a las sociedades científicas y, lo que es más grave, a la mayoría del colectivo profesional afectado. Se olvida a médicos, igual de preparados que los interinos, pero que han tenido la mala suerte de encontrar, por azar, un trabajo todavía más precario o de no tener ninguno. Se ignora también a los médicos que actualmente están parados, a los que tienen contratos eventuales, los que terminarán próximamente el MIR y a los recién licenciados, quienes no van a poder aspirar a las plazas en igualdad de oportunidades. No se tiene en cuenta el interés de la mayor parte de colectivos profesionales, que defienden la transparencia y la objetividad, ni tampoco el interés de la sociedad, a quien le conviene contratar a los médicos que demuestren mayor cualificación profesional. Se ha decidido premiar el azar y el amiguismo, ya que es de una u otra de estas formas como se accede a ocupar una interinidad. Puestos a terminar con la injusticia que pueda ser el no haber convocado oposiciones con regularidad, ¿no sería más justo primar a los que nunca han tenido la oportunidad de trabajar como interinos?

Por último, parece dudoso que esta ley evite posteriores problemas cuando, como dice Benedito2, no aumenta el número de plazas en atención primaria de salud, donde es conocida la sobrecarga de trabajo de muchos centros urbanos debido al exceso de población asignada, ni tampoco plantea compromiso alguno, por parte de la Administración, para convocar periódicamente traslados y oposiciones. Sólo esto último puede evitar que vuelva a repetirse la situación actual.

Somos muchos los que pensamos, como los autores del editorial, que la ley de punto final, además de ir contra el interés público, no respeta la equidad.

 

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