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Vol. 2013. Núm. 57.
Páginas 189-212 (Enero 2013)
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La Brevíssima relación de la destruyción de las Indias de fray Bartolomé de las Casas: del alegato a la retórica de la crueldad
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Carolina Sancholuz
* Universidad Nacional de La Plata, Argentina
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Resumen

Este artículo examina el texto más difundido de fray Bartolomé de las casas, la Brevíssima relación de la destruyción de las Indias, en el marco histórico de su producción y posterior publicación (1542, 1552), teniendo en cuenta en especial su incidencia en otros contextos, particularmente en el momento de conformación de las ideas emancipatorias de los países americanos en el siglo xix. En esta lectura se procura atender la matriz jurídica textual, en el movimiento dialéctico que se manifiesta entre el alegato y la retórica de la crueldad y la violencia presentes en la relación.

Palabras clave:
Las casas
Alegato
Conquista
Indias
Violencia
Abstract

This article examines the most famous text by Fray Bartolomé de las casas, the Brevíssima relación de la destruyción de las indias, in its historical frame (1542, 1552). It also takes into consideration its impact on other contexts, particularly at the time of emancipatory ideas of the American countries in the nineteenth century. Moreover, we attend to the legal discourse and the dialectical movement that takes place between the allegation and the rhetoric of cruelty and violence.

Key words:
Las Casas
Allegation
Conquest
Indies
Violence
Texto completo

¡Americanos! la estatua de este santo falta entre no so -tros. Si sois libres, como yo no lo dudo, la primera estatua debe erigirse al primero y más antiguo defensor de la libertad de América. Alrededor de ella formad vuestros pactos y entonad a la libertad vuestros cánticos: ningún incienso puede serle más grato.

Fray Servando Teresa de Mier

Introducción

Las encendidas palabras de fray Servando Teresa de Mier provienen del Discurso preliminar que acompaña la reedición de la Brevíssima relación de la destruyción de las Indias de fray Bartolomé de las Casas, publicado en México en 1812.1 Fray Servando no duda en calificar al dominico, largamente reconocido como “defensor de los indios”, en un rol político, ideológico y jurídico más amplio, como “defensor de la libertad de América”. La coyuntura histórica que atraviesa la recuperación y puesta en circulación del famoso y controvertido texto lascasiano no podía ser más alentadora: son los momentos posteriores a la independencia de su país, México, cuando se esparcían por las diversas naciones latinoamericanas las ideas emancipadoras y los movimientos anticoloniales, especialmente protagonizados por los sectores criollos. Fray Servando, tanto en el Discurso preliminar como en otros de sus importantes escritos —la Primera y Segunda Carta Americana (1811-1812), la Historia de la revolución de la Nueva España (1813)—, organiza gran parte de su argumentación en contra de la legitimidad de la conquista y de la autoridad de España sobre los territorios americanos, con base en textos e ideas rectoras de Bartolomé de Las Casas.2 Así, por ejemplo, luego de reproducir por extenso el documento conocido como requerimiento,3 lo refuta en términos muy similares a los esgrimidos por el dominico,4 al afirmar de manera enfática:

¡Quantos embustes, desatinos y delirios, por no decir herejías, se contienen en este primer símbolo de la fé que se debía intimar á los indios! Ménos bárbaros, que los Teólogos y Canonistas Españoles que lo compusieron, eran quizás los mismos conquistadores en quanto se dispensaban de notificarlo á hombres que no sabían leer, ni sabían castellano, según se probó en el Concilio Mexicano de 1546.5

Como señala con precisión Trinidad Barrera, el influjo lascasiano se advierte también en un texto fundacional de la emancipación americana, la “Carta de Jamaica” de Simón Bolívar, en la cual la investigadora advierte y subraya las redes ideológicas que se traman entre el pensamiento de fray Servando, Las Casas y el propio Bolívar:

Las similitudes entre la obra de Fray Servando y el texto clave del Libertador tienen un nexo que es el obispo sevillano, aunque sólo reconozca su deuda en una sola y breve ocasión. Al denunciar la barbarie de la conquista española Bolívar remite a la Brevísima relación, al igual que al referirse al comportamiento inhumano de los conquistadores con los jefes indígenas. Dichas crueldades aparecen en sus momentos de exilio, de reveses, de sufrimientos, de manera tal que la barbarie española del pasado prefigura las imágenes obsesivas del presente.6

Francisco de Miranda, fray Servando Teresa de Mier, Simón Bolívar, más tarde José Antonio Saco, luego José Martí en circunstancias históricas igualmente álgidas de la lucha independentista cubana (una de las últimas posesiones coloniales de España en América hacia fines del siglo xix), conciben al padre Las Casas como un referente en la formación de la ideología emancipadora, por sus denuncias contra la violencia y la cruel coerción ejercida por los conquistadores sobre los habitantes americanos en las primeras décadas del siglo xvi. De todos modos, tal como lo señala con aguda perspectiva Gregorio Weinberg cuando se interroga sobre el horizonte histórico, cultural e ideológico de la Brevíssima relación, resulta imprescindible atender la necesaria articulación entre el contexto histórico y el plano de la llamada “historia de las mentalidades” 7 de la época para situar con rigor las ideas de Las Casas:

¿Pueden dejarse de lado las circunstancias históricas, políticas, institucionales y jurídicas, de un momento de excepcional interés, cuando el enfrentamiento de las concepciones del mundo medievales y modernas signan la época, y se enfrentan la insularidad feudal con la idea integradora del Estado moderno, sus distintos conceptos de la soberanía y del derecho? Si las ideas de Las Casas no hubieran coincidido con los intereses de la Corona mal podrían explicarse su influencia, su predicamento; incomprensible sería que hubiese sido escuchado con atención reiterada y manifiesta por monarcas y autoridades.8

El rescate de la figura de Las Casas que lleva adelante fray Servando, en un momento particular de América Latina, signado por el antihispanismo y por la consiguiente negación a incluir el periodo de la historia de la Conquista y de la Colonia en la conformación de una identidad patriótica independiente no resulta paradójico. Fray Servando, como más tarde Martí, propician la consolidación de la “magna patria” americana sin odiar a España.9 Trinidad Barrera reproduce al respecto las siguientes palabras de fray Servando: “ Yo soy hijo de españoles y no los aborrezco sino en cuanto a opresores”.10 En este sentido, la circulación de un texto como la Brevíssima relación encuentra su fundamento en la particular matriz jurídica del relato lascasiano, que Gregorio Weinberg no duda en calificar de alegato.11 Pero la obra adquiere además un tono particular, que responde a una representación verbal inusitada de las diversas formas del ejercicio de la violencia por parte del conquistador europeo.12 Nuestra lectura se propone analizar entonces la Brevíssima relación de la destryución de las Indias en las tensiones que se manifiestan entre la forma controlada del alegato y la representación hiperbólica de la crueldad y la violencia que atraviesa la relación.

Alegato y retórica de la violencia en la Brevíssima relación de la destruyción de las Indias

En el año 1552 fray Bartolomé de las Casas, en Sevilla, se ocupa de dar a la imprenta ocho de sus principales escritos, entre ellos la Brevíssima relación, compuesta diez años antes: “Y parecióle cosa conveniente ponella en molde, porque su alteza la leyese con más facilidad”, explica en su “Argumento del presente epítome” como asimismo en el “Prólogo” de la obra.13 Su interlocutor inmediato (su alteza) es el príncipe Felipe, más tarde Felipe II (1554-1598), en ese entonces a cargo de los asuntos que concernían a América; un aspecto, deliberadamente omitido por Las Casas, es que ninguno de aquellos textos poseía el correspondiente permiso previo del Consejo de Indias, carecían por lo tanto de licencia o aprobación oficial. Como observa el historiador Francisco Fernández Buey, un cambio de valoración se produce desde el momento en que Las Casas hace públicas por escrito sus opiniones:

Pues en la España de Carlos V una cosa era opinar de palabra, como lo había hecho Las Casas hasta entonces, en juntas, consejos y controversias convocadas por el propio emperador o por el Consejo de Indias (y en cierto modo controladas siempre por la Corona), a pesar de que se haya levantado escrupulosamente acta de lo que dijeran en ella todos los intervinientes, y otra cosa muy distinta publicar por escrito aquellas mismas opiniones, por conocidas que éstas fueran de las autoridades.14

En el espacio que media entre un marco de oralidad legalmente aceptado por las autoridades reales a la publicación y circulación impresa de textos no autorizados, Las Casas calibra y privilegia el carácter perdurable de la letra impresa, su valor testimonial, su posibilidad de circulación (no sólo en el ámbito español, sino en especial en el territorio americano), si atendemos al significativo hecho de que la mayoría de estos escritos fueron llevados directamente a América por los misioneros que partían desde Sanlúcar para México y Perú.15 Pero además, como le reprocha tácitamente al príncipe en el prólogo, su necesidad de documentar por escrito las iniquidades de los conquistadores españoles en contra de los nativos constituye, asimismo, una firme solicitud para que Carlos V intervenga y ponga freno a las actividades de los encomenderos en América, a quienes Las Casas denuncia como “tiranos”. En este sentido la Brevíssima se erige como discurso jurídico por su carácter de documento legal bajo la forma de alegato, tal como se percibe a través de ciertas fórmulas y giros al estilo de sentencia judicial. Las Casas incluye en el entramado de su relato fórmulas retóricas jurídicas, que lo colocan frente a las autoridades reales en un doble dominio, religioso y legal.

La retórica forense señala que la palabra “alegato” proviene etimológicamente del latín allegatus y su significado es el de un discurso o exposición en el cual se discuten argumentos para favorecer o perjudicar a ciertas personas o grupos de ellas, en cuanto a su calidad humana y sus acciones. Los estudios de retórica forense coinciden en caracterizar al alegato como un texto que se organiza a través de la argumentación expositiva clara, precisa, bien fundada y centrada en un tema en cuestión.16 Las Casas adopta la fórmula jurídica de manera evidente en el prólogo de la Brevíssima relación. Como lo advierte André Saint-Lu,17 primero se exponen las razones objetivas que han de motivar la decisión de asumir la defensa de los aborígenes y la denuncia de las crueldades del conquistador; por un lado, los agravios padecidos por los nativos: “Considerando, pues yo (muy poderoso señor) los males y daños, perdición y jacturas (de los cuales nunca otros yguales ni semejantes se ymaginaron por hombres poderse hacer) […]”;18 y por el otro, la posibilidad de remediarlos poniéndolos en conocimiento directo del príncipe heredero:

[…] que, constándole a Vuestra alteza algunas particulares hazañas dellos, no podría contenerse de suplicar a su majestad con instancia importuna, que no conceda ni permita las que los tyranos inventaron, prosiguieron y han cometido, llaman conquistas, en las cuales (si se permitiesen) han de tornarse a hacer, pues de sí mismas (hechas contra aquellas indianas gentes pacíficas, humildes y mansas que a nadie ofenden) son inicuas, tiránicas, y por toda ley natural, divina y humana, condenadas, detestadas y malditas.19

Finalmente declara el motivo ético que lo impele a presentar el memorial de denuncias y justificar ante el rey su decisión de imprimir el documento que, “puesto en molde”, se transforma en prueba material:

[…] deliberé, por no ser reo, callando de las perdiciones de ánimas y cuerpos infinitas que los tales perpetraran, poner en molde algunas y muy pocas que los días passados colegí de innumerables que con verdad podría referir, para que con más facilidad vuestra alteza las pueda leer.20

Callar y no dar a la imprenta su escrito, se hubiera convertido, por omisión expresa, en un acto punible en sí mismo a la vez que habría colocado a Las Casas en el riesgoso rol (simbólico, ético) de “reo”, concediéndole a la autoridad real la función de juez. En tanto, imprimir su texto, aun sin contar con el adecuado aparato legal de los permisos y aprobaciones exigidos, excede el marco jurídico de su acción, transformando su “ofensiva publicística” —como la describe con acierto Fernández Buey—, en una intervención claramente política.21

El sujeto de la enunciación se subordina a la autoridad y dominio del príncipe y, por interpósita persona del rey, como súbdito y leal servidor: “[…] tuve por conveniente servir a vuestra alteza con este sumario brevísimo de muy difusa hystoria que de los estragos e perdiciones acaecidas se podría e debería componer”, para luego agregar: “Suplico a Vuestra Alteza lo reciba y lo lea con la clemencia y real benignidad que suele las obras de sus criados y servidores, que puramente por sólo el bien público e prosperidad del estado real servir des-sean”.22 Sin embargo, unas líneas más abajo revierte el tono de humildad y modestia afectada, para reasumir una clara posición de autoridad. Su discurso se vuelve a instalar en el dominio de lo jurídico y el sujeto se erige en el rol que ya en esos años detentaba públicamente como acérrimo “defensor de los indios”. Desde ese lugar de fuerte enunciación se desplaza del papel del “reo” para reasignarlo a los conquistadores inescrupulosos en tanto su léxico se impregna de términos afines al campo semántico del discurso legal o jurídico (“injusticia”, “gentes inocentes”, “causa”, “razón justa”, “demanda”, “perpetuo”). Asimismo es posible advertir que, si en la matriz jurídica del alegato una de las finalidades de la argumentación consiste en persuadir al auditorio a quien se dirige, Las Casas deposita las acciones de la súplica y de la persuasión en el príncipe, a quien solicita entonces su intermediación para que su testimonio alcance una finalidad última, esto es, negarle a los conquistadores futuras empresas en los territorios apenas descubiertos y tan rápidamente arrasados:

Lo cual visto, y entendida la deformidad de la injusticia que a aquellas gentes inocentes se hace, destruyéndolas y despedazándolas sin haber causa ni razón justa para ello, sino por sola la cudicia y ambición de los que hacer tan nefarias obras pretenden, vuestra alteza tenga por bien de con efficacia suplicar y persuadir a su magestad que deniegue a quien las pidiere tan nocivas y detestables empresas, antes ponga en esta demanda infernal perpetuo silencio, con tanto terror que ninguno sea osado dende adelante ni aun solamente se las nombrar.23

En los años que van de 1542, fecha de composición de la Brevíssima relación, a su publicación en la imprenta sevillana en 1552, una serie de sucesos afectaron la relación de poder e influencia entre el padre Las Casas y las autoridades reales respecto del álgido tema del tratamiento y cristianización de los pueblos indígenas. La bula papal de Paulo III de 1537 declaraba la humanidad de los indios,24 a la vez que estipulaba que su conversión al cristianismo no debía ir acompañada por ninguna pérdida de libertad o de propiedad. Como señala David Brading, la intervención papal le otorgó dimensión internacional a la preocupación por las Indias; las órdenes religiosas, en especial los mendicantes, presionaron a favor de una reforma del sistema colonial de gobierno, cada vez más alarmados por las noticias que llegaban desde Perú acerca de los excesos de los conquistadores.25 Bartolomé de las Casas había regresado a España para batallar directamente en la Corte su posición respecto de los nativos americanos. En palabras de Brading:

Las noticias de la guerra civil del Perú intensificaron la alarma ante los continuados excesos de los conquistadores. Fue en esta coyuntura, con Carlos V por fin en residencia en España, cuando Las Casas se arrojó al centro del debate ministerial, haciendo circular escritos de tan enorme virulencia que el monarca, horrorizado, se comprometió a efectuar la reforma. Para persuadir al emperador a actuar, en 1542 compuso Las Casas su escrito más célebre, la Brevísima relación de la destrucción de las Indias.26

Los escritos de Las Casas, sumados a otros informes llegados de las Indias, constituyeron el motivo de presión principal para la promulgación de las llamadas Nuevas Leyes de Indias en noviembre de 1542. Entre algunos de sus principios más radicalizados, promovía la eliminación del sistema de encomiendas; la obligación de los indios de aportar trabajo gratuito llegaba a su fin, por lo que en adelante la encomienda consistiría en el pago de tributo, fuese en especie o en efectivo. Los rebeldes y los funcionarios reales serían despojados de sus encomiendas, y todas las restantes regresarían a la Corona a la muerte de su actual poseedor. Todo trabajo desempeñado por indios para españoles sería remunerado como salario cotidiano, concluye Brading.27 Las protestas y rebeliones violentas de los encomenderos, sobre todo en Perú, motivaron una rectificación de la Nuevas Leyes. En 1545 el Consejo de Indias rechazó el proyecto de abolir las encomiendas y permitió que las ya concedidas (antes a perpetuidad) siguieran en vigor al menos durante otra generación luego de la muerte de su poseedor original.28 Las Casas, que había aceptado el obispado de Chiapas con el fin de aplicar efectivamente las Nuevas Leyes, redactó asimismo un Confesionario, donde instruía a los sacerdotes a prohibir la absolución a conquistadores y encomenderos que no acataran el nuevo marco legal. Brading lo analiza con acierto, cuando señala que Las Casas convirtió los poderes sacramentales del clero en fuente de autoridad jurídica, en tanto el confesor actuaba como virtual juez del penitente.

Su acción en Chiapas fracasó, no sólo por el rechazo que generó entre los encomenderos sino también entre los religiosos que apoyaban la encomienda en beneficio propio o bien como mecanismo de cristianización acelerado. Cuando Las Casas regresa a España, en lo que hace a su batalla de ideas, a la lucha por la hegemonía y la influencia en la Corte, si bien en 1547 consigue la prohibición del texto de su enemigo ideológico Juan Ginés de Sepúlveda (el famoso Democrates secundus que argumentaba a favor de la “guerra justa” contra los nativos que no acataran las autoridades españolas ni la religión cristiana, a la vez que elevaba la imagen del conquistador como soldado cristiano), Ginés logrará por su parte la prohibición y recogida de los ejemplares en circulación del Confesionario lascasiano. “Esto quiere decir que la gran influencia de Las Casas empezaba a ser neutralizada a un lado y otro del Atlántico”, según observa Fernández Buey.29 No es casual entonces que Las Casas se preocupara por imprimir y hacer circular la Brevíssima relación al año siguiente del famoso Debate que sostuvo con Ginés de Sepúlveda, conocido también como la Controversia de Valladolid, entre los años 1550 y 1551.30 Juan Ginés de Sepúlveda, reconocido humanista español que vivió varios años en Roma, traductor del griego al latín renacentista de varias obras de Aristóteles, había sido tutor del príncipe Felipe y nombrado en 1536 cronista imperial. En 1544 escribió una obra titulada Democrates secundus, texto en el cual defendió la justicia de las conquistas de España en América y caracterizó a los nativos en términos de “bárbaros” y “homúnculos”, propiciando que los habitantes americanos, conforme al Derecho natural, “[…] estén sometidos al imperio de naciones o príncipes más humanos y virtuosos, para que con el ejemplo de su virtud y prudencia y cumplimiento de sus leyes abandonen la barbarie […]”.31 Ginés defiende la evangelización con las armas, postulando el concepto de la “guerra justa”, acción necesaria para extirpar las idolatrías y ritos impíos de los naturales de América. Las Casas, por el contrario, manifiesta su desprecio por los argumentos que alentaban el uso de las armas y la violencia en la evangelización del Nuevo Mundo y predica el pacifismo cristiano, por momentos cercano al pensamiento de Erasmo, cuya obra tuvo especial peso en España. Fernández Buey sintetiza las posiciones encontradas de Ginés de Sepúlveda y de Las Casas, cuando señala que el dominico “opone a este cristianismo de las armas y del poder, un cristianismo —en su opinión genuino—, el de la doctrina evangélica […] que combina la mansedumbre y la suavidad en el trato del otro, de la otra cultura, con la pasión en la denuncia y la autocrítica.”32 Quizá su desengaño respecto de su real influencia en la Corte a favor de los nativos americanos lo motiva, una vez más, a erigir su escrito como testimonio fidedigno, alegato, denuncia y prueba concreta de la “destrucción” que trajo aparejada la Conquista.

Figuras y tropos de la violencia

Desde las primeras páginas que abren la relación lascasiana se advierte una clara figura retórica que rige la composición textual: la antítesis, mecanismo de organización de una realidad compleja, contradictoria, figura de oposición por momentos extremada y radicalizada por el peso de otro tropo, la hipérbole. Antítesis e hipérbole en conjunción traman un discurso polarizado entre dos extremos irreducibles por su asimetría: los nativos bondadosos y los conquistadores crueles. Tal oposición opera además mediante una serie de imágenes que configuran un bestiario con referencias bíblicas:33 “En estas ovejas mansas y de las calidades susodichas por su hacedor e criador assí dotadas, entraron los españoles desde luego que las conocieron como lobos y tigres y leones crudelíssimos de muchos días hambrientos”.34 Interesa notar aquí que en esta imagen (indios como ovejas mansas, españoles como lobos) opera una inversión de la reconocida cita bíblica, proveniente del Evangelio, que reproduce palabras proferidas por Cristo a los apóstoles: “ Yo os envío como ovejas entre lobos para amansarlos y traerlos a Cristo”.35 Las Casas recurre a la argumentación a contrario, habilidad que excede el plano retórico, para representar alegóricamente el modo en el cual los conquistadores españoles se alejaron de una de las justificaciones clave de la empresa conquistadora: la evangelización de los indígenas. Por otra parte, tal inversión contribuye a reforzar lo que se desprende de la lectura completa de la Brevíssima relación: quienes finalmente ocupan el lugar del Otro, de los bárbaros, no son los nativos americanos sino los conquistadores.36

La representación colectiva de los indígenas se caracteriza por el tono apologético, idealizado, en el que el uso abundante de los superlativos contribuye a resaltar hiperbólicamente la naturaleza pacífica del nativo como “buen salvaje”:

Todas estas universas e infinitas gentes a toto genero crió dios las más simples, sin maldades ni doblezes, obedientíssimas, fidelíssimas a sus señores naturales e a los christianos a quien sirven; más humildes, más pacientes, más pacíficas e quietas, sin renzillas, no bollicios, no rixosos, no querulosos, sin rancores, sin odios, sin desear venganzas, que ay en el mundo.37

Siguiendo el esquema de las oposiciones binarias, Las Casas contrasta la mansedumbre —por momentos, pasividad de los naturales, residuo de su discurso paternalista—, a las fieras acciones de los españoles a través de recursos tales como la acumulación, la proliferación verbal y el polisíndeton:

Y otra cosa no han hecho de quarenta años a esta parte [los españoles], hasta oy, e oy en este día lo hacen, sino despedazallas, matallas, angustiallas, afligillas, atormentarllas y destruyllas por las estrañas y nuevas y varias y nunca otras tales vistas ni leydas ni oydas maneras de crueldad, de las quales algunas pocas abaxo se dirán en tanto grado que haviendo en la ysla la española sobre tres cuentos de ánimas que vimos, no ay oy de los naturales della dozientas personas.38

Se observa que, en la representación colectiva de los conquistadores, Las Casas tiende a la generalización. Omite los nombres propios de los principales autores de excesos y atropellos contra los indígenas, pero también suele apelar a la referencia elíptica, donde la supresión parcial de un elemento (en estos casos las identidades de los sujetos aludidos) exalta otros elementos (fechas, lugares, cargos), indicios que permiten develar la información deliberadamente ocultada. Esto ocurre con algunos protagonistas muy importantes de la Conquista como Hernán Cortés, Pedro de Alvarado, Pedrarias Dávila. No sucede lo mismo con los nativos que, si bien son objeto de generalizaciones, en distintas ocasiones se identifican por su nombre, su rol social y político (reyes, figuras principales tanto masculinas como femeninas), y por sus acciones de valentía, también de rebelión, contra los conquistadores, como ocurre con el reinado de Anacaona, asesinada por orden de Nicolás Ovando, otro nombre propio elidido en la Brevíssima relación. Es evidente que Las Casas privilegia su experiencia centrada en el espacio antillano; es por esta razón que los relatos pormenorizados de los hechos allí ocurridos son los que más páginas ocupan en su escrito, si los comparamos, por ejemplo, con el espacio destinado a describir las acciones de los conquistadores en Perú, región que Las Casas no llegó a conocer personalmente; condensa en esas secciones relatos de otros testigos o bien apela a la cita de autoridades, al reproducir fragmentos de crónicas u otro tipo de documentación, como cartas y memoriales.39

Se repiten en el texto fórmulas que colocan al autor en la posición autorizada del testigo, que narra sus experiencias en primera persona, validando de esta manera el carácter testimonial de su relato, que en varias ocasiones aparece en el texto como oración incidental, por ejemplo: “La causa porque han muerto y destruydo tantas y tales e tan infinito número de ánimas los christianos, ha sido por tener por su fin último el oro […] (hablo con verdad por lo que sé y he visto todo el dicho tiempo)”,40 repitiendo la argumentación ya mencionada en el prólogo acerca de la codicia de los conquistadores. En otros momentos, el testimonio en primera persona es reforzado además por medio del carácter contundente de verbos y acciones ligadas a la vista: “ Yo vide todas las cosas arriba dichas y muchas otras infinitas”.41 Se reiteran también, casi como tópicos del relato, las quejas acerca de la insuficiencia y límites del lenguaje, la incapacidad de la escritura como instrumento para representar hechos de tal extrema violencia y envergadura:

Después destruyen por la mesma manera la provincia de Tututepeque y después la provincia de Ipilcingo, y después la de Colima, que cada una es más tierra que el reyno de León y que el de Castilla. Contar los estragos y muertes, y crueldades que en cada una hizieron, sería sin duda cosa dificilísima e imposible de decir, e trabajosa de escuchar.42

Sin embargo, Las Casas lo dice explíctamente, y de una manera muy particular, porque son las escenas de mayor horror, crueldad y violencia las que se narran apelando esta vez al uso atenuado de las figuras retóricas. Se trata de descripciones de matanzas, torturas, destrucción, incendio y expoliación de poblados enteros, sometimiento a la esclavitud y servidumbre de los indígenas, en cuya representación se destacan los hechos por sí mismos, paradójicamente intensificados por el despojamiento de recursos expresivos:

Entraban en los pueblos, ni dexavan niños ni viejos, ni mugeres preñadas ni paridas que no desbarrigaban y hazían pedazos, como si dieran en unos corderos metidos en sus apriscos. Hazían apuestas sobre quién de una cuchillada abría el hombre por medio, o le cortava la cabeza de un piquete, o le descubría las entrañas. Tomavan las criaturas de las tetas de las madres por las piernas, y daban de cabeza con ellas en las peñas. […] Comúnmente matavan a los señores y nobles desta manera: que hacían unas parrillas de varas sobre horquetas y atávanlos en ellas y poníanles por debaxo fuego manso, para que poco a poco dando alaridos en aquellos tormentos desesperados se les salían las ánimas.43

Si, como subraya la mayoría de los trabajos críticos sobre la Brevíssima relación, el cuerpo de la obra se constituye a partir de una “impresionante galería de escenas particulares horrorosas”,44 el carácter reiterado de las mismas, su acumulación hiperbólica que en ocasiones resta verosimilitud a la materia narrada, no le quita sin embargo su patetismo e intensidad dramática, efectos que evidentemente el texto causó no sólo entre sus receptores privilegiados (Felipe y, por su intermedio, el emperador Carlos V), sino también entre los posibles receptores de su época, tanto en el continente europeo como americano. La historia de la recepción del texto más difundido y polémico de Las Casas echa luz sobre algunos de estos aspectos, aunque motivaría la escritura de otro trabajo, más profundo y riguroso. Solamente quiero mencionar al respecto dos momentos significativos aunque opuestos de la lectura y difusión del texto en América y en Europa. El Cabildo de la Ciudad de México, marcadamente antilascasiano, pagó en 1553 los gastos de una copia de la Brevíssima relación para informarse y refutar sus tesis; más adelante le solicitó al rey la prohibición de circulación de todos los escritos del dominico. Otro hito importante lo constituye la famosa circulación fuera del mundo hispánico que obtuvo la edición en 1598 de la Brevíssima relación, publicada en Francfort e ilustrada por los hermanos belgas Jean Théodore y Jean Isräel de Bry, cuyos famosos grabados reproducen con inusitado realismo las descripciones más patéticas del escrito lascasiano.

La Brevíssima relación de la destruyción de las Indias de fray Bartolomé de las Casas, fechada el 8 de diciembre de 1542, se publica en el año 1552 (“… fue rogado e importunado que destas postreras pusiesse algunas por brevedad por escrito”).45 Finalmente es condenada en 1660 por el Tribunal de la Inquisición, aunque, como señalan Gregorio Weinberg y Lewis Hanke, más por razones de índole pragmática que doctrinaria, por ser considerado “un libro pernicioso para el justo prestigio nacional”.46 El alegato lascasiano cuestionó de manera explícita e incisiva los métodos, los procedimientos y las acciones violentas de la conquista española; condenó formas encubiertas de la esclavitud como las encomiendas y denunció las consecuencias demográficas tremendas sufridas por la población indígena, así como también alertó acerca de los desastrosos efectos ecológicos sobre la naturaleza americana. Hábil en el uso de determinadas figuras retóricas que impregnan de particular patetismo su relato, Las Casas privilegia la repetición para validar sus argumentos, con el fin de favorecer la presencia de su tesis en los receptores; tesis que podría sintetizarse a partir de la oposición contundente entre las Indias como territorios de la abundancia (población, verdor, bosques, agua) y las Indias como espacios de la destrucción y la carencia47 por la acción devastadora de la conquista:

El año de mil e quinientos passaron a la ysla de Cuba que es como dixe tan luenga como de Valladolid a Roma (donde avía grandes provincias de gentes) comenzaron y acabaron de las maneras susodichas e mucho más e más cruelmente. […] Después acordaron de yr a montear los yndios que estavan por los montes, donde hizieron estragos admirables, e assí assolaron e despoblaron toda aquella ysla, la qual vimos agora poco ha y es una gran lástima e compassión verla, yermada y hecha toda una soledad.48

Coda: del alegato a la acción. Breves comentarios sobre las Treinta Proposiciones de fray Bartolomé de las Casas

Como se indicó antes, fue la Brevíssima relación de la destruyción de las Indias el texto lascasiano que más difusión y atención suscitó por constituir en sí mismo, con palabras de André Saint-Lu, un “memorial de denuncias”. También señalamos que el año de su publicación había sido particularmente fecundo en la edición de otros escritos del dominico, entre ellos uno conocido con el título reducido de las Treinta proposiciones. Uno y otro texto se complementan de manera peculiar, en tanto el alegato expone argumentos en torno a la defensa del nativo americano en detrimento de la figura violenta del conquistador y del encomendero, mientras que las Treinta proposiciones49 “muy jurídicas” constituyen un breve pero preciso tratado de derecho, que incumbe tanto a la autoridad y obligaciones de la Iglesia como a la de los príncipes cristianos. En esa obra Las Casas reafirma la legalidad del dominio de la Corona sobre los territorios americanos, así como también las tareas de evangelización y cristianización de los indios, las cuales se validan “por la autoridad, concesión y donación de la dicha Santa Sede Apostólica.”50 Asimismo promueve una vez más el argumento de la evangelización pacífica, contraria a las armas, en tanto sostiene que los nativos son “pueblos súbditos” de la Corona:

Los Reyes de Castilla son obligados de derecho divino a procurar que la fe de Jesucristo se predique por la forma que el Hijo de Dios dejó en su Iglesia estatuída y sus apóstoles con efecto y sin ninguna falta o mengua la prosiguieron; […] Conviene a saber: pacífica y amorosa y dulce, caritativa y alectivamente, por mansedumbre y humildad y buenos ejemplos, convidando los infieles y mayormente los indios que de su natura son mansísimos y humildísimos y pacíficos, dándoles antes dones y dádivas de lo nuestro, que tomándoles nada de lo suyo.51

En este sentido, concuerdo con las apreciaciones de Francisco Fernández Buey respecto que tanto este escrito como el llamado Tratado comprobatorio del Imperio soberano y principado universal que los Reyes de Castilla y de León tienen sobre las Indias, constituyeron una respuesta pragmática de Bartolomé de las Casas a los críticos que lo acusaban de alejarse de los intereses de la Corona, una estrategia mediante la cual el dominico hace ciertas concesiones al derecho divino y a los Reyes de España.52

Sin soslayar aspectos contradictorios de la mentalidad lascasiana —algunos de ellos irónicamente señalados por Jorge Luis Borges en su Historia universal de la infamia53 y rigurosamente encarados por Antonio Benítez Rojo54 en La isla que se repite. El Caribe y la perspectiva posmoderna— quisiera concluir este acercamiento a la Brevíssima relación mencionando tres estudios que propician una mirada amplia y renovadora sobre el universo textual, histórico e ideológico de fray Bartolomé de las Casas. Me refiero a los trabajos de Rolena Adorno, Francisco Fernández Buey y Bernard Lavallé. Fernández Buey subraya como principio inspirador del propio discurso lascasiano “reconocer el derecho a la diferencia del otro, de la otra cultura, de los que están siendo oprimidos y expoliados; reconocer la soberanía de los indios sobre sus cosas.”55 Respeto de la alteridad que Rolena Adorno también percibe en el pensamiento de Las Casas, al cual caracteriza como “una posición extremadamente moderna en su momento, rechazando la antigua noción de la existencia de una servidumbre natural, una relación jerárquica necesaria y natural entre los pueblos que hiciera prevalecer la dominación de uno sobre otro”;56 por último Lavallé propone situar los combates de Las Casas especialmente como intervenciones de naturaleza política: “Los combates de Las Casas y sus amigos eran de naturaleza eminentemente política, aunque, por motivos ligados a su formación y a la época en la que vivieron, extrajesen argumentos y justificaciones de los ámbitos del derecho y de la fe”.57

Los tres especialistas invitan a volver la mirada hacia la figura polémica de Las Casas y su Brevíssima relación desde nuestro complejo presente, para interpelarnos como lectores críticos del siglo xxi acerca de la dolorosa historia colonial de América Latina.

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Para el presente artículo se utiliza la siguiente edición: Bartolomé de las Casas, Brevíssima relación de la destruyción de las Indias, intr., ed. y comentarios de Andrés Moreno Mengíbar, con los grabados originales de la edición latina de Jean Théodore y Jean Isräel de Bry, Sevilla, Editorial de la Revista de Filosofía e Instituto Italiano per gli Studi Filosofici, 1991.

Fray Servando Teresa de Mier, Ideario político, Caracas, Ayacucho, 1978; Cartas de un americano 1811-1812, ed. de Manuel Calvillo, México, SEP, 1987; Discurso preliminar, en Breve relación de la destrucción de las Indias Occidentales, Filadelfia, 1821, edición facsimilar de la Biblioteca Americana. En http://bib.cervantesvirtual.com (fecha de consulta: 2006).

Sobre la práctica del requerimiento véase el clásico y pormenorizado estudio de Lewis Hanke, La lucha por la justicia en la conquista de América, trad. de Ramón Iglesia, Buenos Aires, Sudamericana, 1949. Una perspectiva analítica muy atractiva acerca del requerimiento en el marco de los estudios coloniales contemporáneos la ofrece Martín Lienhard. Se trata del capítulo I “La irrupción de la escritura en el escenario americano”, en La voz y su huella, La Habana, Casa de las Américas, 1990, pp. 27-55. Allí señala el carácter performativo del requerimiento, texto de función político-religiosa que en el mismo momento que enuncia la posesión territorial española en América la realiza (performa), “porque la formulación del documento, autoritaria en grado sumo, no admite réplica ni diálogo”, p. 30.

Las Casas se explaya y critica de manera acerba la práctica del requerimiento en su Historia de las Indias, libro III, cap. 57-57, 63, 67, 69, ed. de André Saint-Lu, Caracas, Ayacucho, 1978.

Fray Servando Teresa de Mier, Discurso preliminar, op. cit., p. xxvii. (Se reproduce la ortografía original de la edición facsimilar.)

Trinidad Barrera, “Bartolomé de las Casas en el siglo XIX: fray Servando Teresa de Mier y Simón Bolívar”, en América sin nombre, núms. 9-10, 2007, pp. 27-31. La especialista destaca en este trabajo que “En el siglo xix, Simón Bolívar, José Martí o fray Servando Teresa de Mier son buenos ejemplos de la utilización de Las Casas como bandera para sus ideales y objetivos […], p. 27.

Sobre la corriente historiográfica conocida como historia de las mentalidades existe una amplia bibliografía. Véanse Jacques Le Goff, “Les mentalités. Une histoire ambigüe”, en Faire de l´Histoire III, París, Gallimard, 1974; Serge Gruzinki, Introducción a la historia de las mentalidades, México, Departamento de Investigaciones Históricas-Instituto Nacional de Antropología e Historia, 1979 (Cuadernos de trabajo, 24).

Gregorio Weinberg, “Prólogo”, en Fray Bartolomé de las Casas, Brevísima relación de la destrucción de las Indias, Buenos Aires, eudeba, 1966 (Col. Biblioteca de América/Libros del tiempo viejo), p. 18.

No me detendré aquí a reseñar el profuso número de ediciones y traducciones que tuvo la Brevíssima relación desde fines del siglo xvi y durante los siglos xvii, xviii y xix, como instrumento político de las potencias rivales para desprestigiar a España, como texto incitador de la llamada leyenda negra. Remito para esta cuestión al estudio de Enrique Díaz Araujo, Las Casas visto de costado. Crítica bibliográfica sobre la Leyenda Negra, Madrid, Fundación Francisco Elías de Tejada y Erasmo Percopo, 1995 y al volumen colectivo coordinado por Miguel Martínez Molina, La Leyenda Negra, Madrid, Nerea, 1991.

Barrera, op. cit., p. 28.

“Si no el más importante de los trabajos de Las Casas, la Brevíssima Relación de la Destrucción de las Indias, es el más conocido. […] Desde luego que este libro ha sido, desde su publicación y por razones que no nos detendremos en señalar aquí, uno de los instrumentos preferidos por las potencias rivales de España, en su campaña política de desprestigio de la Metrópoli. Mas de esto no se deduce, ni mucho menos, que el Alegato —que no otra cosa es la Brevísima—, se base en afirmaciones gratuitas o injustificadas”. Gregorio Weinberg, op. cit., p. 13. El subrayado es mío.

Precisamente el tono beligerante de la Brevíssima relación ha llevado a varios de los investigadores del tema a caracterizar la obra como panfleto. Véase al respecto el siguiente fragmento del historiador David Brading: “La ulterior traducción de la Brevísima relación a todas las principales lenguas europeas hizo que su escrito fuese uno de los panfletos políticos más leídos de la historia moderna, y sirvió como texto básico para todos los enemigos de España y de su imperio americano.” Asimismo Brading reconoce la particular influencia del texto lascasiano en la emergencia de la conciencia criolla emancipadora: “Pero el escrito también gozó de una circulación subrepticia en el Nuevo Mundo e influyó sobre los patriotas criollos en la opinión que se formaron acerca de la conquista”. David Brading, Orbe indiano. De la monarquía católica a la república criolla, 1492-1867, México, fce, 2003, p. 121.

Las Casas, op. cit., p. 3 del “Argumento del presente epítome”. Alguno de los otros títulos editados conjuntamente en Sevilla en 1552 fueron el Octavo Remedio; el Confesionario; las Treinta proposiciones; el Tratado de los esclavos, y la Disputa con Sepúlveda.

Francisco Fernández Buey, La gran perturbación. Discurso del indio metropolitano, Madrid, El Viejo Topo, 1995, p. 217.

Véase Bernard Lavallé, “El compendio de una vida: entre historia y antropología 1552-1559”, en Bartolomé de las Casas entre la espada y la cruz, Barcelona, Ariel, 2009, pp. 199-201.

Enrique M. Falcón y Jorge A. Rojas, Cómo se hace un alegato, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 2003; Manuel Atienza, Las razones del derecho: teorías de la argumentación jurídica, México, unam, 2004; Olsen A. Ghirardi, La retórica y la dialéctica en el razonamiento forense, Santa Fe de Bogotá, Ediciones Academia Colombiana de Jurisprudencia, 2001.

André Saint-Lu, “Introducción”, en Bartolomé de las Casas, Brevísima relación de la destruición de las Indias, Madrid, Cátedra, 1999, pp. 11-65.

Las Casas, op. cit., p. 5.

Ibid., p. 5.

Ibid., p. 6.

El historiador Francisco Fernández Buey denomina “ofensiva publicística” de Las Casas a la intensa actividad desplegada por el dominico, especialmente durante su estancia en Sevilla en 1552, para hacer públicas por escrito sus opiniones, circunstancia en que “[…] no resulta difícil imaginar el impacto que tuvo que tener la ofensiva publicística de Las Casas en 1552 si nos atenemos a estos dos motivos: que lo publicado por él sólo superaba cuantitativamente todo lo editado hasta el momento, y que, además, se atrevió a dar todo aquel material a las imprentas sevillanas sin pedir permiso previo al Consejo de Indias.” Véase Fernández, op. cit., p. 218.

Las Casas, op. cit., p. 6.

Ibid., p. 6.

Véase al respecto el ensayo de Rolena Adorno, “Los debates sobre la naturaleza del indio en el siglo xvi: textos y contextos”, en Revista de Estudios Hispánicos, vol. xix, Universidad de Puerto Rico, 1992, pp. 47-66. La bula emitida en 1537 por el papa Paulo III declaraba no sólo que los indios eran auténticos hombres, con almas que salvar, sino que su conversión al cristianismo no debía ir acompañada por ninguna pérdida de libertad o de propiedad.

Véanse los capítulos “El profeta desarmado” y “El gran debate”, III y IV respectivamente del historiador Brading, op. cit., pp. 75-121.

Ibid., p. 83.

Ibid., p. 85.

Señala Brading que, no obstante las modificaciones introducidas en el nuevo código ante el escándalo que suscitaron las Nuevas Leyes, el principal beneficio de éstas para los nativos fue la emancipación de los esclavos. “Para los conquistadores, ello significó que la Corona estaba determinada a reafirmar su autoridad, definiendo la encomienda como pensión encargada del tributo real y no como un beneficio señorial.” Brading, op. cit., p. 86.

Fernández, op. cit., p. 156.

Sobre el debate de Valladolid véanse el antes mencionado capítulo IV de David Brading y el minucioso capítulo que le dedica Francisco Fernández Buey, “La controversia de Valladolid entre Ginés de Sepúlveda y Bartolomé de las Casas (1550-1551)”, en op. cit., pp. 123-176.

Citado por Adorno, en op. cit., p. 53.

Fernández, op. cit., p. 157.

Varios trabajos críticos se centran en el carácter profético por las referencias bíblicas, el tono apocalíptico y el milenarismo en la Brevíssima. Apunto algunas referencias: Marcel Bataillon, “Las Casas: ¿un profeta?”, en Revista de Occidente, Madrid, núm. 141, 1974, monográfico dedicado a Las Casas; Juan Durán Luzio, “Lo profético como estilo en la Brevísima relación…”, en Revista Iberoamericana, núms. 104-105, julio-diciembre de 1978; José Antonio Maravall, “Utopía y primitivismo en el pensamiento de Las Casas”, en Revista de Occidente, núm. 141, Madrid, pp. 311-388.

Las Casas, op. cit., p. 8.

Reproduzco las consideraciones de André Saint-Lu sobre el peso de esta frase bíblica en el pensamiento lascasiano. Véase del autor su “Introducción” a Las Casas, op. cit., p. 17.

Tomo en cuenta aquí los indispensables aportes de La conquista de América. El problema del otro, de Tzvetan Todorov, donde postula la historia y el relato del descubrimiento de América como “historia ejemplar” del “descubrimiento que el yo hace del otro”, capítulo 1. p. 13; asimismo considero las posiciones de Rolena Adorno, en particular en los artículos “El sujeto colonial y la construcción cultural de la alteridad”, “Los debates sobre la naturaleza del indio en el siglo xvi: textos y contextos” y “Posiciones simultáneas y sucesivas del sujeto colonial”, consignados en la bibliografía.

Las Casas, op. cit., p. 7.

Ibid., p. 8.

Incluso para detallar algunos episodios de la conquista de México apela a las muy difundidas Cartas de Relación de Hernán Cortés.

Las Casas, op. cit., p. 9.

Ibid., p. 11.

Ibid., pp. 32 y 33.

Ibid., pp. 10 y 11.

Véase Saint-Lu, op. cit., p. 31.

Bartolomé de las Casas, “Argumento del presente epítome”, en op. cit., p. 3.

Weinberg, op. cit., p. 22.

Tengo presentes aquí las sugerentes ideas de Julio Ortega formuladas en su ensayo El discurso de la abundancia, Caracas, Monte Ávila, 1992. Allí el especialista peruano expone una teoría de la representación de América Latina a partir de tres modelos discursivos: “el discurso de la abundancia, que genera una versión fecunda de las formas y del sentido; el discurso de la carencia, que contrapone una versión defectiva, donde la negatividad despoja la forma y escatima el sentido; y el discurso de lo virtual, que proyecta una versión alterna y supone una realidad por hacerse”, p. 11.

Las Casas, op. cit., pp. 18 y 19 respectivamente.

Las Treinta proposiciones se incluyen en la edición de la Brevísima relación de la destrucción de las Indias de EUDEBA, op. cit.

Véase Proposición XVII, en Treinta proposiciones…, p. 129.

Véase Proposición XXII, en ibid., pp. 130 y 131.

Véase Fernández, op. cit., p. 225.

“En 1517 el P. Bartolomé de las Casas tuvo mucha lástima de los indios que se extenuaban en los laboriosos infiernos de las minas de oro antillanas, y propuso al Emperador Carlos V la importación de negros, que se extenuaran en los laboriosos infiernos de las minas de oro antillanas.” Jorge Luis Borges, Historia universal de la infamia, Buenos Aires, Emecé, 1986, p. 17.

Antonio Benítez Rojo, La isla que se repite. El Caribe y la perspectiva posmoderna, 2ª ed., Hanover, Ediciones del Norte, 1996, especialmente Parte II “Bartolomé de las Casas: entre el infierno y la ficción”.

Fernández, op. cit., p. 162, cursivas del autor.

Adorno, op. cit., p. 63.

Lavallé, op. cit., p. 15.

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