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Vol. 30. Núm. 3.
Páginas 105-106 (Julio - Septiembre 2011)
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Vol. 30. Núm. 3.
Páginas 105-106 (Julio - Septiembre 2011)
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Informe conjunto de la Comisión Nacional de Inmunología (CNI), la Sociedad Española de Inmunología (SEI), la Sociedad de Inmunología de la Comunidad de Madrid (SICAM) y la Societat Catalana d’Immunologia (SCI) sobre el «Borrador de Decreto sobre la Troncalidad en las Especialidades en Ciencias de la Salud»
Joint report of the National Immunology Committee, the Spanish Immunology Society (SEI), the Community of Madrid Immunology Society and the Catalan Immunology Society (SCI) on the “Draft Decree on the Core Subjects in Health Sciences Specialties”
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José Antonio Brieva Romero
Autor para correspondencia
josea.brieva.sspa@juntadeandalucia.es

Autor para correspondencia.
, en representación de la Sociedad Española de Inmunología (SEI)
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En relación con el borrador del Real Decreto (RD) sobre Troncalidad elaborado por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, deseamos expresar las siguientes consideraciones:

  • 1.

    La especialidad de Inmunología ha sido incluida en un Tronco de Laboratorio y Diagnóstico Clínico que muestra un diseño único de laboratorio. Sin embargo, la Inmunología no es una especialidad exclusivamente de laboratorio, ya que desarrolla un componente médico importante. Creemos que el Grupo de Trabajo de la Comisión Técnica delegada de Troncalidad de RRHH no ha tomado en consideración, por tanto, el programa vigente de la especialidad de Inmunología, ORDEN SAC 3255/2006 de 2 de octubre de 2006.

  • 2.

    El Programa formativo del Tronco común de Laboratorio y Diagnóstico Clínico del RD pretende que se adquieran durante 2 años competencias muy dispersas, tanto en aspectos generales (gestión de laboratorio, fase preanalítica, fase analítica y fase postanalítica) como en aspectos específicos relativos a las otras especialidades incluidas en el tronco de Laboratorio y Diagnóstico Clínico actual. No está claro en qué van a proporcionar un beneficio añadido a la formación especializada actual a los formados en el tronco propuesto, y en particular a los futuros inmunólogos.

  • 3.

    Los inmunólogos venimos señalando con preocupación el impacto negativo que sobre la asistencia sanitaria va a tener la creciente entrada en los laboratorios hospitalarios de profesionales sin formación acreditada para desarrollar labores que son competencia de nuestra especialidad. El presente borrador de RD no sólo no regula esta anomalía, sino que con el diseño propuesto de programa formativo común, parece propiciar la formación de un profesional fundamentalmente «multivalente» que carecería de la experiencia y competencias específicas necesarias, lo que iría en detrimento de la calidad asistencial.

  • 4.

    El programa de formación específica en Inmunología no debería ser inferior a 3 años. Este tiempo de formación específica es necesario para permitir al especialista en formación adquirir las competencias propias de la especialidad, no pareciendo posible que dicha formación se pueda adquirir en el tiempo estimado de 2 años de formación especializada. Su acortamiento impedirá la formación de inmunólogos competentes, lo que supondrá un retroceso de varias décadas en la sanidad española.

  • 5.

    El Proyecto de RD de Especialidades Troncales sometido a consideración, en el formato propuesto para el Tronco de Laboratorio y Diagnóstico Clínico, dificultará que los inmunólogos españoles adquieran un perfil de capacitación adecuado en el contexto de la especialidad de Inmunología (clínico y de laboratorio). A nivel europeo, en una situación de libre circulación de profesionales podría producirse una situación de menor competitividad de los Inmunólogos formados en España, respecto a los formados en otros países europeos.

  • 6.

    No se ha tenido en cuenta la opinión de los organismos representativos de los Inmunólogos (CNI, SEI, SICAM, SCI) que estimaban necesario que esta especialidad pluridisciplinar se incluyese en un tronco Mixto (médico y de laboratorio), que fue inicialmente propuesto, y que incluiría además las otras especialidades afines con componente de laboratorio y clínico, como la Hematología y la Microbiología Clínica (actualmente Hematología está ubicada en el tronco Médico y Microbiología rechaza formar parte de este diseño de troncalidad).

  • 7.

    La Comisión Nacional de la especialidad de Inmunología, al igual que la Comisión Nacional de la Especialidad de Microbiología, ha planteado formalmente a la Subdirección General de Formación Profesional del Ministerio de Sanidad la posibilidad de la no aceptación de la asignación de esta especialidad en el Tronco de Laboratorio y Diagnóstico Clínico propuesto en el borrador del RD que aquí se analiza.

Conclusiones: el borrador de RD propuesto no parece que, en lo que respecta a la especialidad de Inmunología, garantice la mejora de la formación para el futuro de profesionales en el ámbito de la Inmunología. Por todo lo anteriormente expuesto se solicita a las autoridades sanitarias locales, autonómicas y nacionales que atiendan las siguientes recomendaciones:

  • -

    Cambiar la organización del Tronco de Laboratorio y Diagnóstico Clínico por una en la que se incluya la denominación médica, tal como, «Tronco Mixto Médico y de Laboratorio Diagnóstico», y la integración de otras especialidades afines a la Inmunología, tales como Microbiología Clínica y Hematología. En relación con lo último habría que considerar el concepto de intertroncalidad para las especialidades con componente mixto médico y de laboratorio.

  • -

    Establecer normas que regulen de forma adecuada que el acceso a los laboratorios hospitalarios de profesionales para realizar funciones propias de una especialidad (por ejemplo, Inmunología), sólo sea posible mediante la posesión del correspondiente título de especialista.

  • -

    Cambiar el programa formativo del periodo troncal común, permitiendo desde el principio tramos diferenciados formativos de laboratorio y médico.

  • -

    Considerar un periodo de formación específica no inferior a 3 años.

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