Sr. Director:
De acuerdo con la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, el Gobierno podrá establecer Áreas de Capacitación Específica dentro de una o varias especialidades en ciencias de la salud. El diploma de Área de Capacitación Específica tiene carácter oficial y validez en todo el territorio del Estado. Se expedirá por el Ministerio de Sanidad y Consumo y su posesión será necesaria para utilizar de modo expreso la denominación de especialista con capacitación específica en el área. Podrá ser valorado como mérito para acceder a puestos de trabajo de alta especialización en centros o establecimientos públicos o privados.
Esta reglamentación se produce para paliar el exceso de titulaciones en Europa y, en especial, en España. Dado lo multidisciplinario de las áreas que forman la foniatría y teniendo en cuenta la tendencia a que el proceso de especialización médica sea troncal, se hace imprescindible regular y alcanzar el nivel de formación desde las distintas especialidades médicas existentes preocupadas por ella, concretamente la otorrinolaringología, la rehabilitación y la medicina física.
Desde la Comisión de Foniatría de la Sociedad Española de Otorrinolaringología, tras varios meses de reuniones y puesta en común del problema, el 17 de junio de 2005 firmaron el documento conjunto "Bases para la Creación del Área de Capacitación Específica de Foniatría" los representantes de la Sociedad Española de Rehabilitación y Medicina Física (SERMEF), la Sociedad Médica Española de Foniatría y la Sociedad Española de Otorrinolaringología y Patología Cérvico-Facial (SEORL). Dicho documento representa el acuerdo formal entre las 3 sociedades implicadas e interesadas en la creación del área de capacitación específica de foniatría: la SEORL y la SERMEF, como especialidades troncales de las que partirá el área de capacitación y la SOMEF, como sociedad que aglutina la práctica totalidad de los médicos foniatras que vienen ejerciendo esta disciplina médica en España.
En este acuerdo se recoge que, una vez establecida el área de capacitación específica en foniatría, definidos los contenidos docentes y las condiciones para acceder a la formación en esta área, será preciso establecer los criterios necesarios para que los médicos que han desarrollado su actividad profesional en relación con la foniatría puedan acceder, de forma excepcional y por única vez, al título correspondiente del área de capacitación en foniatría. A la vez que se regula la situación de los profesionales que en la actualidad ejercen como foniatras, se iniciaría como única vía la formación de especialistas provenientes de la otorrinolaringología y la rehabilitación durante un período de 2 años en centros debidamente acreditados, con el fin de garantizar la futura demanda de estos profesionales.
Con el objeto de iniciar los trámites necesarios para la creación del área de capacitación específica de foniatría, se entregó este acuerdo a las instancias oportunas del Ministerio de Sanidad y Consumo en otoño de 2005, sin que hasta la fecha se tenga noticia de que se esté llevando a cabo trámites en este sentido, por lo que en la actualidad sigue habiendo un vacío legal en nuestro país que impide a los profesionales que ejercen actualmente la foniatría acreditar de forma adecuada su formación en la especialidad, lo que lleva a una situación confusa que favorece el intrusismo de personas sin una capacitación profesional adecuada, incluso provenientes de sectores ajenos a la medicina. Por otra parte, la falta de desarrollo del área de capacitación específica en foniatría evita que quienes quieran acceder a esta capacitación lo hagan siguiendo un programa de formación debidamente regulado, que ofrezca los necesarios controles de acreditación del centro y del médico en formación. La adscripción de la foniatría como un área de capacitación específica de la otorrinolaringología abriría unas perspectivas más coherentes respecto a la situación de dicha subespecialidad, tal como mantiene la Sociedad Española de Otorrinolaringología.
El crecimiento económico, cultural y sanitario que estamos viviendo ha comenzado a generar una creciente demanda asistencial en el campo de esta especialidad. Las condiciones de la sociedad actual exigen, cada día más intensamente, para la reintegración de sus individuos no ya un buen estado de salud física, sino una capacidad funcional, psíquica e intelectual aceptable.
Típicamente se entiende la foniatría como una especialidad dedicada al tratamiento de la voz, especialmente en cantantes; por ello es importante romper este tópico y llamar la atención sobre la dedicación de esta especialidad a las alteraciones del lenguaje, el habla, la deglución y la audición (en cuanto a su implicación en los procesos anteriores) de una manera tan relevante como la que se pudiera plantear en cuanto a su atención a la patología de la voz. La IFOS (International Federation of Oto-Rhino-Laryngological Societies), la Unión Europea de Foniatras (UEP) y, en la misma línea, la Sociedad Médica Española de Foniatría (SOMEF), basándose en los análisis de morbilidad y teniendo en cuenta países relativamente bien atendidos y con amplia experiencia práctica, estimaban conveniente ya en 1970 crear una unidad de foniatría y logopedia por cada 200.000 habitantes o un foniatra por cada 10 otorrinolaringólogos. Indicadores sociales como el nivel de vida, la educación sanitaria de la población, el nivel sociocultural, la atención a la infancia, la sensibilización hacia la atención geriátrica y la creciente expectativa de vida y, por otro lado, el aumento del número de traumatismos craneoencefálicos o de accidentes cerebrovasculares, entre otros factores, se asocian a procesos de incremento notable en la demanda asistencial de la patología del lenguaje y la comunicación, a las que se añade la disfagia más recientemente. Esto obliga a prever un aumento en la demanda, que ya viene siendo apreciable en los últimos años, y a revisar los planteamientos respecto a oferta y demanda asistencial en patología foniátrica.
Teniendo en cuenta que eran 78 los foniatras con actividad asistencial en España en 1995 y que las escuelas de formación profesional en foniatría han dejado de funcionar en espera de la creación del área de capacitación específica, hay que decir que nos encontramos muy lejos de llegar a la cobertura planteada hace ya tantos años por países con experiencia asistencial en este campo; teniendo en cuenta esas indicaciones, en España deberían estar dedicados al trabajo asistencial 200 médicos foniatras.
Es paradójico que, a pesar de contar con los medios formativos, el acuerdo entre las distintas especialidades implicadas y otorrinolaringólogos y médicos rehabilitadores a los que les interesa formarse en un área en expansión, nos encontremos en una situación de espera indefinida.
Por todo ello, es previsible que en un plazo más o menos corto nos encontremos con una absoluta falta de profesionales formados adecuadamente para asumir las exigencias que en el campo de la foniatría la sociedad plantee.


