Buscar en
Farmacia Profesional
Toda la web
Inicio Farmacia Profesional Novedades fiscales 2012 (I). Impacto en la oficina de farmacia
Información de la revista
Vol. 26. Núm. 2.
Páginas 21-22 (Marzo 2012)
Compartir
Compartir
Descargar PDF
Más opciones de artículo
Vol. 26. Núm. 2.
Páginas 21-22 (Marzo 2012)
Acceso a texto completo
Novedades fiscales 2012 (I). Impacto en la oficina de farmacia
Visitas
2358
Juan Antonio Sánchez Dantasa
a Economista y asesor fiscal. Socio coordinador de Aspime.
Este artículo ha recibido
Información del artículo
Texto completo

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las variaciones en la fiscalidad del ahorro y de la compra de la vivienda habitual son algunas de las novedades en materia tributaria que se aprobaron a finales de 2011 y son de aplicación en el presente ejercicio. El autor concreta su desarrollo e impacto.

Lo habitual por estas fechas es realizar un pequeño repaso de las principales novedades fiscales que afectan a la oficina de farmacia en el ejercico tributario corriente. Estas novedades derivan de la habitual aprobación de los últimos Presupuestos Generales del Estado (PGE). La situación en la que nos encontramos en el momento de redactar este articulo es algo «particular», ya que no tenemos en la mesa dichos Presupuestos. Se prevé su aprobación a finales del mes de marzo, una vez se hayan celebrado los comicios autonómicos previstos. De ahí que para el próximo número de FARMACIA PROFESIONAL preveamos la publicación de una segunda entrega sobre este tema, con las novedades que hasta entonces hayan podido incorporarse.

Subida del IRPF

Cuando el ejercicio 2011 tocaba a su fin y precisamente en las mismas fechas en las que se suelen aprobar los Presupuestos Generales del Estado, el primer consejo de ministros del actual gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 20/2011 (BOE 31/12/2011) en el que se incorporan una serie de modificaciones fiscales que afectan a la tributacion de las oficinas de farmacia. La principal y mas relevante es el incremento de las tarifas impositivas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En principio, esta subida se encuentra focalizada en los años 2012 y 2013. Los resultados económicos de estos dos primeros años indicarán si su efecto se trasladará a toda la legislatura actual.

La herramienta utilizada para implantar este incremento es un gravamen complementario estatal que hace aumentar la escala de tributacion a la base liquidable entre un 0,75% y un 7%. Todos los contribuyentes del IRPF 2012 y 2013 notarán (en mayor o menor medida) el efecto de esta subida impositiva. En nuestro caso, el rendimiento fiscal de la oficina de farmacia, que suele ser el principal componente de la base liquidable del IRPF del farmacéutico, sufrirá indefectiblemente este castigo tributario. El tipo marginal máximo al que tendrá que enfrentarse un contribuyente español en 2012 y 2013 será del 52% (caso de bases liquidables generales superiores a 300.000 euros). No olvidemos que las comunidades autónomas tienen cierta capacidad normativa en materia de IRPF, por lo que a la subida anterior habría que añadir la escala propia de la comunidad autónoma en la que esté domiciliada cada farmacia.

Cabe esperar, por otro lado, que la elevación de los tipos de retencion aplicables en el IRPF a partir del 1 de enero de 2012 tenga efectos negativos sobre la liquidez del farmacéutico.

Cambios en la tributación del ahorro

No solo se ha retocado la base general del IRPF, sino que también se han realizado modificaciones en la tributacion de la base liquidable del ahorro. En este caso la subida se encuentra en la horquilla del 2% al 6%.

No solo se ha retocado la base general del IRPF, sino que también se han realizado modificaciones en la tributacion de la base liquidable del ahorro. En este caso la subida se encuentra en la horquilla del 2% al 6%

Los nuevos tipos del ahorro quedan situados entre el 21% y el 27%. En el ámbito de la fiscalidad farmacéutica, la operación más perjudicada fiscalmente con estos cambios es la venta de la oficina de farmacia. No hay que remontarse demasiados años atrás para apreciar el escalado que han sufrido las operaciones de venta de farmacia en materia fiscal: en 2006 tributaban un 15%; en 2009 un 18%; en 2011 un 21% y en 2012 lo harán al 27%.

Cabe esperar que con la aprobación, previsiblemente a finales de marzo, de los PGE para 2012, llegue algún incentivo fiscal en esta materia concreta.

Reducción sobre el rendimiento neto positivo

Más allá de la bofetada fiscal que constituyen las medidas anteriormente descritas, hay alguna noticia positiva. Consiste en la ampliación de plazo de la reducción del 20% del rendimiento neto positivo al ejercicio 2012. La medida es de agradecer pero va a resultar muy difícil de aplicar en una sector como el de las oficinas de farmacia, que ha sufrido (y va a seguir sufriendo en 2012) unas reestructuraciones de personal que hacen casi imposible comparar una plantilla de 2008 con la misma en 2012.

En el caso de una farmacia que disgregue su facturacion de no medicamento en una sociedad limitada, en 2012 también se podrá aplicar el tipo del 20% a sus beneficios si la facturación anual es inferior a 5 millones de euros, tiene una plantilla media inferior a 25 empleados y mantiene o promedia el empleo.

Vivienda habitual

Otra medida de menor repercusión será la que afectaríá a farmacéuticos que hayan adquirido su vivienda habitual en el pasado ejercicio 2011. El anterior Gobierno limitó la aplicación la deducción por este concepto a determinados contribuyentes, en función de su renta. El Real Decreto-Ley 20/2011 que estamos analizando restablece la deducción a todos los contribuyentes y la retrotrae al año 2011.

La aprobación de los PGE de 2012 deparará más novedades en este terreno, que serán objeto de análisis en la segunda parte de este artículo, cuya publicación está prevista para el número de mayo-junio.

Opciones de artículo
Herramientas
es en pt

¿Es usted profesional sanitario apto para prescribir o dispensar medicamentos?

Are you a health professional able to prescribe or dispense drugs?

Você é um profissional de saúde habilitado a prescrever ou dispensar medicamentos