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Jornadas Internacionales de Investigación e Innovación en Ciencias de la Salud... PONENCIAS
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Jornadas Internacionales de Investigación e Innovación en Ciencias de la Salud Hacia la Excelencia en Resultados de Salud
Sevilla, 01 Diciembre 2017
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1. PONENCIAS
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0 - FISIOTERAPIA Y PRÁCTICA CLÍNICA DIARIA: CONOCIMIENTO ACERCA DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO

Montserrat García-Bono y Marina López-García

Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología. Universidad de Sevilla.
Correo electrónico: fisiomarina@us.es

Introducción: En el ámbito sanitario en general, el consentimiento informado es el procedimiento formal cuyo objetivo es aplicar el principio de autonomía de la voluntad del paciente. Debe reunir tres requisitos: la voluntariedad del paciente en la toma de decisiones, la información debe ser asequible y completa para el paciente y cumplir con los límites establecidos en caso de menoría de edad, discapacidad y el derecho del paciente a no ser informado o revocar su consentimiento en cualquier momento1. Así lo expresa el máximo exponente de este derecho, la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, destacando sobre todo el artículo 8 y 92. Entendemos que en el ámbito pre y postgrado en Fisioterapia requiere de la inclusión de este tipo de conceptos, según se describe en el descriptor del Libro Blanco de Fisioterapia, por lo que nos planteamos como objetivo conocer el grado de implantación de dichos conocimientos en Grado, así como conocer de modo somero la realidad de los alumnos y egresados respecto a sus conocimientos.

Métodos: Estudio descriptivo basado en un cuestionario tipo test de redacción corta, 4 opciones, a distribuir entre el alumnado y egresados gracias a las TIC. Durante Enero 2017 se desarrolló un cuestionario de evaluación de los conocimientos adquiridos por el alumnado de Grado. Febrero y Marzo de 2017 se hicieron llamadas a través de la Plataforma de la Universidad Virtual, Redes sociales (Twitter y Facebook) y a través de vía móvil, por Whatsapp. En el cuestionario se tratan en 11 cuestiones: 1) Conocimientos básicos del consentimiento: qué es y cuál es su utilidad clínica. 2) Supuestos de la práctica clínica diaria que pueden requerir consentimiento por escrito. 3) Límites a la información del consentimiento y su utilidad en la clínica y la investigación. 4) Consentimiento por representación.

Resultados: De un total de 116 encuestas realizadas, corresponde decir que supone una distribución de la población: Jóvenes de 17-20 años: 12,9%. Jóvenes de 21-30 años: 65, 5%. Adultos de 31-40 años: 21,5%. De los cuales: mujeres: 63,8% y hombres 36,2%. y que se encuentran en la siguiente situación: estudiantes de 1º a 4º: 33,6% y egresados: 72,4%Respecto a las preguntas, en general podemos decir que los alumnos y fisioterapeutas que han realizado la encuesta están informados acerca de qué es un consentimiento, pero desconocen en su gran mayoría qué repercusión conlleva la firma. Casi un 45% cree que además de ser un derecho de paciente, la firma del mismo exime de responsabilidad en caso de su firma. Debemos recordar que la mala praxis, incluso si está incluida en los posibles efectos secundarios, puede ser punible. Los fisioterapeutas conocen acerca de los medios de elaboración, aunque algunos aun no tienen claro que pueden elaborarlos de modo autónomo, (10,3%) y se guiarían solo por los existentes en Organismos Oficiales (SEFPI, Colegios Autonómicos...). Es un tema que contrastar en la formación pre grado. El punto que más conflictos ha generado en la encuesta es que los fisioterapeutas confunden los 18 años con la mayoría de edad sanitaria, así, en 2 de las cuestiones diseñadas a al efecto, un 62% de los encuestados no concibe una situación de un menor de 18 años en la que pueda éste decidir acerca de una intervención en su Salud. Salvo excepciones, estos supuestos no atañen al campo de la fisioterapia, pero debemos conocerlos como sanitarios. Los límites a la información del paciente, también genera controversia, pues un elevado porcentaje de encuestados (34,4%) no reconoce situaciones en las que el paciente no quiera ser informado acerca de la intervención a la que se va a someter, aunque tenga derecho a ello. En los supuestos expuestos de punción seca y posibilidad de quemadura por procedimiento de electroterapia, los fisioterapeutas no lo consideran una situación que suponga una excepción al consentimiento verbal cotidiano, cuando sí lo es. De hecho, sólo un 38,7% responde correctamente a la pregunta.

Conclusiones: Contenidos acerca de los límites del consentimiento informado deben ser introducidos de modo transversal en los estudios de fisioterapia.

Los alumnos y futuros fisioterapeutas reconocen la Ley de Autonomía del paciente como base para el ejercicio de la profesión.

Bibliografía

  1. Colfisio.org [Internet]. Sevilla: Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Andalucía; 2014 [actualizado 13 Mar 2014; citado 19 Sep 2017]. Disponible en: http://www.colfisio.org/comunicacion_y_prensa/noticias/310_La_Importancia_del_Consentimiento_informado_en_Fisioterapia.html
  2. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. BOE núm.274, de 15 de noviembre de 2002.

Palabras clave: Consentimiento informado. Fisioterapia. Ética.

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