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[43]Ministerio de Salud y de Protección Social. Resolución 3681 de 2013. Por la cual se definen los contenidos y requerimientos técnicos de la información a reportar, por una única vez, a la Cuenta de Alto Costo, para la elaboración del censo de pacientes con enfermedades huérfanas. Bogotá: Diario Oficial; 2013.
[44]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 430 de 2013. Por la cual se define el listado de las enfermedades huérfanas. Bogotá: Diario Oficial; 2013.
[45]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 2048 de 2015. Por la cual se actualiza el listado de enfermedades huérfanas y se define el número con el cual se identifica cada una de ellas en el sistema de información de pacientes con enfermedades huérfanas. Bogotá: Diario Oficial; 2015.
[46]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 5265 de 2018. Por la cual se actualiza el listado de enfermedades huérfanas y se dictan otras disposiciones. Bogotá: Diario Oficial; 2013.
[47]Ministerio de Salud y Protección Social. Decreto 780 de 2016. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social. Bogotá: Diario Oficial; 2013.
[48]Concejo de Bogotá DC. Acuerdo 537 de 2013. Por medio del cual se ordena implementar una estrategia para promover la detección temprana, seguimiento, rehabilitación y vigilancia a las personas afectadas por enfermedades huérfanas en el Distrito Capital. Bogotá: Concejo de Bogotá; 2013.
[49]Superintendencia Nacional de Salud. Circular externa 011 de 2016. La cual establece instrucciones para el tratamiento de los pacientes con enfermedades raras por parte de las EAPB, las IPS y las entidades territoriales. Bogotá: Superintendencia Nacional de Salud; 2016.
[50]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 0651 de 2018. Por la cual se establecen las condiciones de habilitación de los centros de referencia de diagnóstico, tratamiento y farmacias para la atención integral de las enfermedades huérfanas, así como la conformación de la red y subredes de centros de referencia para su atención. Bogotá: Superintendencia Nacional de Salud; 2018.
[51]Congreso de la República de Colombia. Ley 1980 de 2019. Por medio de la cual se crea el programa de tamizaje neonatal. Bogotá: Diario Oficial; 2019.
[52]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 207 de 2024. Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el Programa de Tamizaje Neonatal. Bogotá: Diario Oficial; 2024.
[53]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 561 de 2019. Por la cual se establecen los procedimientos de inscripción y verificación de los laboratorios que realicen pruebas para eventos de interés en salud pública y de inspección, vigilancia y control sanitario en la Red Nacional de Laboratorios-RELAB. Bogotá: Diario Oficial; 2019.
[54]Ministerio de Salud y Protección Social. Decreto 2265 de 2017. Por el cual se modifica el Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social adicionando el artículo 1.2.1.10, Y el Título 4 a la Parte 6 del Libro 2 en relación con las condiciones generales de operación de la ADRES - Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. Bogotá: Diario Oficial; 2017.
[55]Ministerio de Salud y Protección Social. Decreto 1652 de 2022. Por el cual se adiciona el Título 4 a la parte 10 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 relativo a la determinación del régimen aplicable para el cobro de pagos compartidos o copagos y cuotas moderadoras a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Bogotá: Diario Oficial; 2022.
[56]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 1139 de 2022. Por la cual se establecen disposiciones en relación con el presupuesto máximo para la gestión y financiación de los servicios y tecnologías en salud no financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación -UPC y no excluidos de la financiación con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS. Bogotá: Diario Oficial; 2022.
[57]Administradora de los Recursos del Sistema General de la Seguridad Social en Salud - ADRES. Resolución 2152 de 2020. Por la cual se establece el proceso de verificación, control y pago de algunos de los servicios y tecnologías no financiadas con cargo al presupuesto máximo. Bogotá: ADRES; 2020.
[58]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 586 de 2021. Por la cual se establecen disposiciones en relación con el presupuesto máximo para la gestión y financiación de los servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la Unidad de Pago por capitación-UPC y no excluidos de la financiación con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud-SGSSS. Bogotá: Diario Oficial; 2021.
[59]Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 205 de 2020. Por la cual se establecen disposiciones en relación con el presupuesto máximo para la gestión y financiación de los servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación - UPC y no excluidos de la financiación con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS, y se adopta la metodología para definir el presupuesto máximo. Bogotá: Diario Oficial; 2020.