La Salud en nuestro país está basada en el derecho
que tiene todo ciudadano a la protección de su
salud en los términos del artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
en este artículo se establecen las bases y modalidades
para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en
materia de Salubridad General, es de aplicación
en toda la República y sus disposiciones son de
orden público e interés social. Este artículo 4º es apasionante no nada más al leerlo, sino cuando se colabora en que se cumpla.
Este artículo se materializa y desglosa en la Ley
General de Salud, en la que se señala el derecho que
tiene el ciudadano a la protección de su salud, con el
objetivo, entre otros, de mantener el bienestar físico
y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; cuando éstas no se tienen, se
vulnera la capacidad de producción y eficiencia de la
comunidad; señala además que se debe de prolongar
y mejorar la calidad de la vida humana y crear las condiciones para la protección y el acrecentamiento de
los valores que contribuyan al desarrollo social dando
como resultado actitudes solidarias y responsables de
la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de su salud, vinculando con
esto a la población con las instituciones que dan servicios de salud como la nuestra.
Sin duda el poliedro virtuoso: Gobierno-Instituciones-Patronatos-Voluntariados-Asociacionespaciente...
Navarro Reynoso, Francisco P.a
aDirector General Hospital General de México, Secretaría de Salud.