El incumplimiento de obligaciones de medios diagnósticos y terapéuticos y su vinculación con mala práctica médica
Publicado en Rev Med Hosp Gen Mex.2011; 74 :223-8 - vol.74 núm 04
Resumen
Se presenta el caso de una mujer, sometida a colecistectomía, quien presentó complicaciones posoperatorias, inherentes al procedimiento quirúrgico y en quien no se cumplieron las obligaciones de medios diagnósticos y terapéuticos, durante el proceso de atención médica, por falta de diagnósticos oportunos y manejo adecuado, por lo que el médico tratante incurrió en mala práctica médica.
Palabras clave Mala práctica médica, incumplimiento de obligaciones, México.
Introducción
¿ Introducción
En el ejercicio de la medicina, el que comete una
falta, infracción o hecho ilícito, está obligado a responder en diversos aspectos. Moralmente, ya que es
la conciencia ante la que cada individuo debe rendir
cuenta de sus propias conductas y actos. Socialmente las personas estamos obligadas a responder ante
los demás por nuestra actuación; todo lo que hacemos
necesariamente tiene implicaciones en nuestro entorno. Cuando se comete un acto ilícito que se constituye como delito por haber violado las normas jurídicas
y producir un daño con su conducta, daño que lesiona
intereses sociales o bienes jurídicos tutelados, por lo
que tendrá que responder, ya sea en el terreno penal,
civil, laboral o administrativo. Es por ello fundamental que todo prestador de servicios de salud deba tener presente, que su desempeño en la atención de los
pacientes debe estar basado en la lex artis; es decir,
los principios científicos vigentes y actuales de la medicina, los preceptos éticos de la profesión y el marco
legal vigente que aplica a la profesión médica. Se puede establecer que el concepto de responsabilidad profesional médica es: "La obligación que tienen los médicos
de reparar y satisfacer las consecuencias de los actos, omisiones
y errores voluntarios e involuntarios incluso, dentro de ciertos
límites, cometidos en el ejercicio de su profesión".1
El caso que se presenta, ilustra como el desapego
a los preceptos referidos, condicionó daño a un paciente y responsabilidad profesional médica para el
profesional tratante.
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Bibliografía
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Gutiérrez-Vega, Rafaela; Gallegos-Garza, Adriana Ceciliab; Fajardo-Dolci, Germánc
aDirector General de Arbitraje, Comisión Nacional de Arbitraje Médico. Departamento de Cirugía, Facultad de Medicina, Universidad Nacional Autónoma de México.
bServicio de Patología, Hospital Ángeles del Pedregal.
cComisionado Nacional de Arbitraje Médico. CONAMED.